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Vista la solicitud presentada por D. Carmelo Guillermo Santo Manresa, para la constitución de la Sociedad Agraria de Transformación denominada "Morriña".
Visto el Real Decreto 1.776/1981, de 3 de agosto, por el que se regulan las Sociedades Agrarias de Transformación.
Vista la Orden de 14 de septiembre de 1982 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por el que se desarrolla el Real Decreto 1.776/1981, de 3 de agosto.
Visto el Decreto 73/1995, de 7 de abril, por el que se crea el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de Canarias.
Vista la propuesta del Servicio de Coordinación y Desarrollo Agroalimentario, sobre la calificación de la Sociedad Agraria de Transformación denominada "Morriña".
Considerando la conveniencia de fomentar la creación de entidades asociativas agrarias y en virtud de las atribuciones conferidas en el apartado f) del artículo 10 del Decreto 328/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
R E S U E L V O:
Inscribir a la Sociedad Agraria de Transformación "Morriña", de responsabilidad frente a terceros limitada, cuyo objeto social es la concentración de la oferta y la comercialización de los plátanos de los socios de la S.A.T., con un capital social de treinta y seis mil novecientos ochenta y seis euros con ochenta y ocho céntimos (36.986,88 euros), con domicilio social en Plaza de Sotomayor, 35, Los Llanos de Aridane, La Palma, Santa Cruz de Tenerife, y de duración indefinida, quedando su primera Junta Rectora compuesta por el Presidente: D. Carmelo Guillermo Santo Manresa; Secretario: Negocios Canseco, S.L., representada por D. Manuel Fernando Lorenzo Pérez; Vocal 1º, Bon Ana, S.L., representada por D. Carmelo Guillermo Santo Manresa; Vocal 2º, Peque Plátanos, S.L., representada por D. Carmelo Guillermo Santo Manresa; y Vocal 3º, D. Gumersindo Acosta Martín, en el tomo 5, folio 74, hoja 474, folio 1, del Registro de Sociedades Agrarias de Transformación bajo el nº 474/05.
Notifíquese esta Resolución a la entidad interesada, con la indicación de que contra la misma puede interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Agricultura, en el plazo de un mes a partir de la notificación, según establece el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las modificaciones operadas por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
Santa Cruz de Tenerife, a 31 de enero de 2007.- El Director General de Política Agroalimentaria, p.v., el Director General de Estructuras Agrarias (Orden de 23.2.06), Carlos González Mata.
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