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BOC Nº 062. Martes 27 de Marzo de 2007 - 1149

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana

1149 - EDICTO de 4 de mayo de 2005, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio declarativo de menor cuantía nº 0000071/1998.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana.

JUICIO: menor cuantía 0000071/1998.

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. Viajes Masol, S.L.

PARTE DEMANDADA: D./Dña. Roy Michael Salmons, Wolfgang Willy Clemens, César Vidal Furoughi, E.M. Convexsa y Restaurante "El Lobo".

SOBRE: reclamación de cantidad.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA Nº 57/05

En San Bartolomé de Tirajana, a once de abril de dos mil cinco.

Vistos por mí, Tomás González Marcos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de los de San Bartolomé de Tirajana y su Partido, los presentes autos de juicio declarativo de menor cuantía con nº 71/98, seguidos a instancia de la entidad mercantil Viajes Masol, S.L., representada por el Procurador de los Tribunales D. Pedro Viera Pérez y bajo la dirección jurídica del Letrado D. Juan Carpi Pallicer, contra la entidad Covexsa, S.C.P., en situación procesal de rebeldía en las presentes actuaciones, contra D. Roy Michael Salmons, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Gloria Mora Lama y bajo la dirección jurídica del Letrado D. Manuel Fdo. Cabrera Marrero, contra D. César Vidal Foroughi, representado por el Procurador de los Tribunales D. José Javier Fernández Manrique de Lara y bajo la dirección jurídica del Letrado D. Javier de la Llave Cadahía, y contra D. Wolfgan Willy Clemens, en situación procesal de rebeldía en las presentes actuaciones, versando los autos sobre reclamación de cantidad, y

FALLO

Que estimando como estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Pedro Viera Pérez, en nombre y representación de la entidad mercantil Viajes Masol, S.L., contra la entidad Covexsa, S.C.P., en situación procesal de rebeldía en las presentes actuaciones, contra D. Roy Michael Salmons, representado por la Procuradora de los Tribunales Dña. Gloria Mora Lama, contra D. César Vidal Foroughi, representado por el Procurador de los Tribunales D. José Javier Fernández Manrique de Lara y contra D. Wolfgan Willy Clemens, en situación procesal de rebeldía en las presentes actuaciones, debo condenar y condeno, con carácter solidario, a los demandados a que abonen a la actora la cantidad de veinticuatro mil seiscientos diecinueve euros con sesenta y siete céntimos (24.619,67 euros), más intereses legales, conforme a lo dispuesto en el fundamento de derecho quinto; y todo ello con expresa imposición a la parte demandada de las costas procesales causadas.

El recurso de apelación, en su caso, se sustanciará conforme a la Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley 1/2000, en virtud de la Disposición Transitoria Segunda.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada E.M. Convexa, S.C.P. y Wolfgang Willy Clemens, por providencia de 4 de mayo de 2005 el señor Magistrado-Juez, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.

En San Bartolomé de Tirajana, a 4 de mayo de 2005.- El/la Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En San Bartolomé de Tirajana, a 4 de mayo de 2005.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

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