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BOC Nº 063. Miércoles 28 de Marzo de 2007 - 455

I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía y Hacienda

455 - ORDEN de 22 de marzo de 2007, por la que se dictan las normas sobre la estructura y el procedimiento de elaboración del escenario presupuestario plurianual 2008-2010.

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La publicación de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, ha dibujado un nuevo horizonte para la elaboración y ejecución de los Presupuestos Generales de nuestra Comunidad Autónoma, acorde con el nuevo marco normativo de la actividad económico-financiera instaurado tras la entrada en vigor de las Leyes de Estabilidad Presupuestaria que, aplicables a todas las administraciones públicas, consagran explícitamente el equilibrio presupuestario en el ordenamiento jurídico, con la intención de coordinar la actuación presupuestaria y garantizar la estabilidad presupuestaria.

En este sentido, como se reconoce en su Preámbulo, la Ley aborda la racionalización del proceso presupuestario mediante el establecimiento de nuevas fórmulas para la elaboración y ejecución del presupuesto en un contexto plurianual y la sistematización de las normas de contabilidad y control de la actividad económico-financiera del sector público autonómico.

En particular, constituye una novedad la obligatoriedad de proceder a la elaboración de los escenarios financieros plurianuales referidos tanto a ingresos como a gastos, como marco de referencia para la programación y la evaluación de la gestión pública. Se pretende, en definitiva, hacer compatible, en términos de Contabilidad Nacional, el equilibrio general del Escenario, determinado por la diferencia de los ingresos y gastos no financieros, con el objetivo de estabilidad fijado al conjunto de agentes incluidos en su ámbito presupuestario, y, además, asegurar que todas las decisiones de gasto queden enmarcadas en el objetivo de estabilidad, acotando los límites que la acción de gobierno debe respetar cuando sus decisiones tengan repercusión presupuestaria, favoreciéndose de esta manera una óptima asignación de los recursos presupuestarios a corto y largo plazo.

Esta Orden se dicta en cumplimiento de lo establecido en el artículo 26 de la nueva Ley 11/2006, -cuya entrada en vigor ha tenido lugar el día 1 de enero de 2007, a efectos de la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2008, a tenor de lo establecido en su Disposición Final Segunda-, el cual exige, con carácter previo al proceso de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, la aprobación por el Gobierno en el primer cuatrimestre del año, de los escenarios presupuestarios plurianuales referidos a los tres ejercicios siguientes, elaborados por los entes del sector público con presupuesto limitativo, y, tiene por objeto el establecimiento de su procedimiento de elaboración y estructura, para lo que es competente esta Consejería de acuerdo con lo previsto en el artículo citado.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Primero.- Ámbito de los escenarios presupuestarios plurianuales.

Los escenarios presupuestarios plurianuales para el período 2008-2010, incluirán, a la vista de lo establecido en los artículos 2 y 3 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, las previsiones presupuestarias de aquellos entes del sector público con presupuesto limitativo.

Segundo.- Criterios generales.

1. Como fase previa del proceso de elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2008, la Consejería de Economía y Hacienda confeccionará, para la posterior aprobación por el Gobierno antes del 30 de abril, el escenario presupuestario, referido a ingresos y gastos, para el período 2008-2010.

2. El escenario presupuestario se adecuará a los objetivos de estabilidad presupuestaria en los términos y plazos establecidos en la legislación del Estado. Por tanto, su equilibrio general, determinado por la diferencia de los ingresos y gastos no financieros, será compatible con dichos objetivos.

3. El escenario presupuestario estará integrado por un escenario de ingresos y un escenario de gastos.

a) El escenario de ingresos se confeccionará teniendo en cuenta las previsiones económicas y otras contingencias que afecten a los mismos, singularmente los proyectos de modificaciones en el sistema tributario, así como las expectativas de ingresos procedentes de entes integrantes del sector público estatal o de la Unión Europea para el desarrollo de programas de actuación conjunta.

b) El escenario de gastos considerará las previsiones económicas y los compromisos futuros de gastos existentes en el momento de su elaboración, así como otras contingencias que afecten a los gastos.

Tercero.- Estructura del escenario presupuestario.

1. Estructura general: el escenario presupuestario de ingresos y gastos comprenderá el escenario consolidado de los agentes a que se refiere el apartado primero de esta Orden.

2. Estructuras específicas: los escenarios de ingresos y de gastos se detallarán a nivel de capítulo, de acuerdo con la vigente clasificación presupuestaria.

Cuarto.- Procedimiento de elaboración.

1. Los Centros Gestores responsables de los correspondientes programas de gastos facilitarán la información y estados justificativos que específicamente les sean requeridos por la Dirección General de Planificación y Presupuesto para la elaboración del escenario presupuestario 2008-2010.

2. Los documentos a cumplimentar por los Centros Gestores deberán ser remitidos a través de las Oficinas Presupuestarias o unidades administrativas que tengan asignadas funciones en materia presupuestaria, del departamento o ente afectado.

Durante todo el proceso, dichas Oficinas o unidades coordinarán y tramitarán la información elaborada por los mencionados Centros.

3. La documentación será remitida, en soporte informático, en el formato que indique la Dirección General de Planificación y Presupuesto, antes del 15 de abril de 2007.

4. La Dirección General de Planificación y Presupuesto podrá solicitar, asimismo, a la Dirección General de Tributos, a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y demás centros gestores de Ingresos, la información que se estime necesaria para la elaboración del escenario de previsiones de ingresos para el período 2008-2010.

5. Analizada la información remitida y teniendo en cuenta las previsiones macroeconómicas, y los planes, políticas o programas aprobados por el Gobierno, los compromisos presupuestarios ya adquiridos con anterioridad y otras contingencias que afecten a las previsiones presupuestarias, la Dirección General de Planificación y Presupuesto elaborará el Proyecto de escenario presupuestario compatible con el objetivo de estabilidad presupuestaria.

6. La Dirección General de Planificación y Presupuesto remitirá el Proyecto de escenario presupuestario para el período 2008-2010 al Consejero, quien lo elevará al Gobierno para su aprobación antes del 30 de abril de 2007.

7. El escenario presupuestario plurianual será publicado en el Boletín Oficial de Canarias en el mes siguiente a su aprobación.

DISPOSICIÓN FINAL

Única.- La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de GranCanaria, a 22 de marzo de 2007.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Carlos Mauricio Rodríguez.

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