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BOC Nº 064. Jueves 29 de Marzo de 2007 - 478

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

478 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 23 de marzo de 2007, de la Directora, por la que se amplía el plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria a las entidades y centros colaboradores del Servicio Canario de Empleo a participar en la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2007 (Plan FIP Canarias 2007) cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

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Por Resolución de la Presidenta de 22 de diciembre de 2006 (B.O.C. nº 251, de 29.12.06), se convocó a las Entidades y Centros de Colaboradores del Servicio Canario de Empleo a participar en la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año 2007 (Plan FIP Canarias 2007), cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

En el punto 6 de la cláusula duodécima de la mencionada Resolución de convocatoria se estableció como plazo máximo para resolver y notificar tres meses a partir del día siguiente de la publicación de la misma en el Boletín Oficial de Canarias, que fue el 29 de diciembre de 2007, con lo que la fecha para resolver y notificar finalizaba inicialmente el 30 de marzo de 2007.

Ante las dificultades técnicas surgidas en los sistemas de comunicación del Gobierno de Canarias, con consecuencias que afectaban al programa informático que facilita el acceso a la convocatoria de participación en el Plan FIP y la consiguiente presentación de solicitudes por parte de las entidades y Centros colaboradores del Servicio Canario de Empleo, se amplió el plazo de presentación de dichas solicitudes en diez (10) días hábiles mediante Resolución de fecha 19 de enero de 2007, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 18, de 24 de enero de 2007.

Esto supone que el plazo para que las solicitudes presentadas sean examinadas y baremadas por los técnicos del Servicio Canario de Empleo se ve notablemente disminuido, lo que dificulta el cumplimiento de este plazo para resolver y notificar, dado el volumen considerable de las mismas.

A este hecho se añade que según el artículo 153 del Real Decreto Legislativo 1.091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, establece que en los casos en que no sea posible la territorialización en la propia Ley de Presupuestos Generales del Estado, de aquellos créditos destinados al cumplimiento de planes y programas de planes y programas conjuntos referidos a competencias de las Comunidades autónomas, se celebrará la Conferencia Sectorial correspondiente donde se acordarán los criterios objetivos de distribución, así como la distribución resultante de los mismos.

La celebración de la Conferencia Sectorial mencionada para acordar la aprobación de los criterios de distribución de fondos para la financiación de las políticas activas de empleo del año 2007, entre las que se encuentra el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, tiene previsto celebrarse en el mes de marzo del presente año. Por tanto, hasta que no se acuerde formalmente el reparto de dichos fondos en la misma, no se puede proceder a resolver la convocatoria que nos ocupa.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artº. 42, apartado 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LPAC) (B.O.E. nº 285, de 27.11.92) modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, donde se recoge que: "El plazo máximo para resolver las solicitudes que se formulen por los interesados será el que resulte de la tramitación del procedimiento aplicable en cada caso ...

Cuando el número de solicitudes formuladas impida razonablemente el cumplimiento de los plazos previstos en el procedimiento aplicable o el plazo máximo de resolución, el órgano competente para instruir, o en su caso, resolver las solicitudes, podrá proponer la ampliación de los plazos que posibilite la adopción de una resolución expresa al órgano competente para resolver o, en su caso, al órgano jerárquicamente superior.

La ampliación de los plazos a que se refiere este artículo no podrá ser superior al plazo inicialmente establecido en la tramitación del procedimiento".

El punto 4 de la base duodécima de la Resolución de convocatoria establece que la Directora del SCE es el órgano competente para resolver.

Considerando que estos hechos, por un lado la ampliación del plazo de las solicitudes en 10 días hábiles, unido al volumen de solicitudes presentadas y la disminución del tiempo de los técnicos para examinarlas y baremarlas, y por otro, el retraso sufrido en la celebración de la Conferencia Sectorial, imposibilitan el cumplimiento del plazo para resolver y notificar establecido en la Resolución de convocatoria de participación, esto es, hasta el día 30 de marzo de 2007, resulta procedente, ampliar el mencionado plazo máximo en tres meses más, según lo previsto en artículo 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, precitada. Por tanto, el plazo máximo para resolver y notificar la convocatoria finalizará el 30 de junio de 2007.

Visto el informe favorable de la Intervención General de la Comunidad Autónoma, y en uso de las competencias que tengo legalmente conferidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Ampliar el plazo máximo de resolución y notificación de la convocatoria a las entidades y centros colaboradores del Servicio Canario de Empleo a participar en la programación de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional correspondiente al año (Plan FIP Canarias 2007), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, en tres meses, con lo que finalizará el 30 de junio de 2007.

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, advirtiendo que contra lo dispuesto no cabe recurso de acuerdo con lo establecido en el artículo 42.2 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de marzo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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