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BOC Nº 079. Viernes 20 de Abril de 2007 - 1523

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Economía y Hacienda

1523 - Intervención General.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 29 de marzo de 2007, que amplía el plazo de la actuación de control financiero sobre la entidad Digital Media Producciones La Isla, S.L.

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En virtud de lo establecido en el Reglamento (CE) 438/01, de la Comisión, de 2 de marzo de 2001, con relación a los sistemas de gestión y control de las ayudas otorgadas con cargo a los Fondos Estructurales, esta Intervención General inició en el ejercicio 2006 el control financiero a la entidad Digital Media Producciones La Isla, S.L.L., con relación a la subvención concedida por Resolución nº 6919, de 15 de noviembre de 2002, del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo (en adelante Servicio Canario de Empleo conforme a la Ley 12/2003, de 4 de abril), para financiar la incorporación con carácter indefinido de un socio-trabajador en la sociedad laboral referida. El referido control se realiza en cumplimiento de lo establecido en el artículo 10 del Reglamento (CE) nº 438/01, de la Comisión, al tratarse de una subvención cofinanciada por el Programa Operativo Plurirregional 2000ES051PO015/"Iniciativa Empresarial y Formación Continua", dentro del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006.

El apartado séptimo del artículo 49 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece que las actuaciones de control financiero sobre beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras, deberán concluir en el plazo máximo de 12 meses a contar desde la fecha de notificación de aquéllos del inicio de las mismas. Dicho plazo puede ampliarse cuando en las actuaciones concurra, de forma particular, la circunstancia de que se traten actuaciones que revisen especial complejidad.

Las siguientes circunstancias, ponen de manifiesto las dificultades acaecidas para comunicar el inicio de nuestras actuaciones de control y la necesidad de realizar procedimientos alternativos para obtener la información disponible sobre los objetivos de control, antes de proceder a la emisión del Informe Provisional:

1. Resultando infructuoso el intento de notificación vía servicio de Correos en el domicilio de la empresa por dirección incorrecta, por el que se le comunicaba a la empresa Digital Media Producciones La Isla, S.L.L. que conforme al Plan de Auditoría 2005, se iba a realizar un control financiero, y no habiéndose comunicado por sus representantes un nuevo domicilio a efectos de notificaciones, se intenta practicar la notificación, en dos direcciones diferentes que constan en la base de datos de esta Consejería, pertenecientes ambas al domicilio del Administrador solidario de la empresa, D. Eduardo Padilla Arencibia, en virtud de lo establecido en los artículos 133 y 262.5 de la Ley de Sociedades Anónimas, Real Decreto Legislativo 1.564/1989, de 22 de diciembre, por remisión expresa del artículo 69 de la Ley de Responsabilidad Limitada, en materia de responsabilidad de los administradores, también con resultados negativos.

Tras caducar en ambos casos la instancia en Correos es por lo que finalmente la notificación se realizó mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 80/2006 y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de La Laguna desde el 12 al 27 de abril de 2006, de conformidad con lo dispuesto en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Habiendo transcurrido el plazo determinado al efecto, no se ha personado ningún representante de la entidad.

2. Se ha recabado información relativa a los objetivos de control mediante la aplicación de los siguientes procedimientos alternativos:

a) Se requirió información a la Delegación Especial de la Agencia de la Administración Tributaria, relativa al Impuesto sobre Sociedades y Resumen Anual de retenciones e ingresos a cuenta sobre rendimiento del trabajo.

b) Se ha recabado información del Registro Mercantil de Tenerife.

Actualmente, se está tramitando la notificación del Informe Provisional de fecha 26 de marzo de 2007, en cumplimiento del artículo 43 del Decreto 28/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General, conforme a lo dispuesto en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

A la vista de lo anterior,

R E S U E L V O:

Ampliar en seis meses el plazo de la actuación de control financiero a la entidad Digital Media la Isla Producciones, S.L.L. en relación a la subvención concedida por Resolución nº 6919, de 15 de noviembre de 2002, del Director del Instituto Canario de Formación y Empleo destinada a financiar la incorporación con carácter indefinido de un socio trabajador en la sociedad laboral, cofinanciada por el Programa Operativo Plurirregional 2000ES051PO015 "Iniciativa Empresarial y Formación Continua" dentro del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006.

Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de marzo de 2007.- El Interventor General, p.d., la Jefe de Servicio de Control Financiero y de Gestión (Resolución de 17.4.98), María del Pino Martínez Santana.

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