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BOC Nº 087. Miércoles 2 de Mayo de 2007 - 666

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

666 - ORDEN de 22 de febrero de 2007, por la que se corrige la Orden de 17 de noviembre de 2006, que da publicidad a la relación de personas que han superado con evaluación positiva los cursos de especialización autorizados por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por Resolución de 21 de noviembre de 2005 y Resolución de 2 de mayo de 2006 (B.O.C. nº 246, de 21.12.06).

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Examinado el procedimiento iniciado por la Asociación Canaria de Centros de Formación (ACACEF) referente a la relación de personas que han superado con evaluación positiva los cursos de especialización autorizados por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por Resolución de 21 de noviembre de 2005 y Resolución de 2 de mayo de 2006, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Se advierten errores materiales detectados en la trascripción del Documento Nacional de Identidad de Dña. Laura del Carmen Santana Alonso y en el de Dña. Iluminada Moreno Santiago, incluidas en la relación de personas que han superado con evaluación positiva los cursos de especialización autorizados por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por Resolución de 21 de noviembre de 2005 y Resolución de 2 de mayo de 2006, publicados a través de la Orden de 17 de noviembre de 2006 (B.O.C. nº 246, de 21.12.06).

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único.- De conformidad con el artº. 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en su redacción actual, que indica que "las Administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos en sus actos".

En su virtud, y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 11, de 30.4.83), por la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), por el Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), en su redacción actual, y por el Decreto 58/2005, de 20 de mayo, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 99, de 21.5.05),

D I S P O N G O:

Único.- Que se realicen las siguientes correcciones de errores materiales detectados en la Orden de 17 de noviembre de 2006, por la que se da publicidad a la relación de personas que han superado con evaluación positiva los cursos de especialización autorizados por la Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa, por Resolución de 21 de noviembre de 2005 y Resolución de 2 de mayo de 2006, que fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 246, de 21 de diciembre de 2006:

En la página 29307, donde dice:

78522061 A Santana Alonso, Laura del Carmen

Debe decir:

78522601 A Santana Alonso, Laura del Carmen

Y en la página 29308, donde dice:

52846409 K Moreno Santiago, Iluminada

Debe decir:

52846109 K Moreno Santiago, Iluminada

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 22 de febrero de 2007.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

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