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Según lo establecido en el artº. 4 del Real Decreto 873/1977, de 22 de abril, sobre depósito de los estatutos de las organizaciones constituidas al amparo de la Ley 19/1977, reguladora del Derecho de Asociación Sindical (B.O.E. nº 101, de 28.4.77), y siendo competente para ello esta Dirección General de Trabajo al haberse transferido estas funciones a la Comunidad Autónoma Canaria mediante el Real Decreto 661/1984, de 25 de enero, y vistas las facultades conferidas en el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, modificado por el Decreto 39/2005, de 16 de marzo (B.O.C. nº 63, de 31.3.05); se hace público que en esta Dirección General se ha depositado documentación sobre la constitución de la asociación empresarial que se detalla:
DENOMINACIÓN: Asociación de Delineantes Proyectistas y Diseñadores Técnicos de Santa Cruz de Tenerife.
ÁMBITO TERRITORIAL: Comunidad Autónoma de Canarias.
DOMICILIO: calle Garcilaso de la Vega, 15, 38005-Santa Cruz de Tenerife.
ÁMBITO PROFESIONAL: podrán pertenecer a esta Asociación, siempre que sean admitidos por la Junta Directiva, los profesionales que estén comprendidos en algunos de los apartados siguientes:
A-Los titulados en F.P. 2º Grado en las especialidades de Delineación y hayan obtenido la categoría de Delineante Proyectista.
B-Los graduados por las Escuelas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos, en las especialidades de Delineación y hayan obtenido la categoría de Delineante Proyectista.
C-Los colegiados pertenecientes al/a los Colegio/s Oficial/es de Delineante/s con la categoría de Delineante Proyectista.
D-Los titulados en Diseño Técnico, que con arreglo a las disposiciones del Ministerio de Educación y Ciencia se puedan crear.
FIRMANTES DE LA SESIÓN: D. Eduardo García Castillo y D. Antonio Jiménez Chinea.
Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones que estimen procedentes en el plazo de veinte días, a partir de su publicación.
Las Palmas de Gran Canaria, a 29 de marzo de 2007.- El Director General de Trabajo, Pedro Tomás Pino Pérez.
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