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BOC Nº 093. Miércoles 9 de Mayo de 2007 - 717

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

717 - ORDEN de 23 de marzo de 2007, por la que se dispone la renovación de los miembros del Comité Canario de Disciplina Deportiva.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Con fecha 29 de abril de 2003, mediante Orden del Consejero de Educación, Cultura y Deportes publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 92, de 15 de mayo de 2003, se dispone la renovación de D. Jaime Santana Castellano, D. Pedro Miguel Fraile Bonafonte, D. Francisco de Paula Jiménez Soto, D. Gabriel Mato Adrover y D. Nicolás Díaz de Lezcano Sevillano como miembros del Comité Canario de Disciplina Deportiva.

Segundo.- Como consecuencia del fallecimiento de D. Jaime Santana Castellano, Presidente del Comité Canario de Disciplina Deportiva, mediante Orden de 23 de mayo de 2005, se declara su cese por fallecimiento y se dispone el nombramiento de D. José Luis Pérez Suárez como miembro de dicho órgano colegiado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 69 de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte, establece que el Comité Canario de Disciplina Deportiva estará integrado por cinco miembros, licenciados en derecho y con experiencia en materia deportiva.

Segundo.- El artículo 10 del Decreto 278/1990, de 27 de diciembre, por el que se crea el Comité Canario de Disciplina Deportiva (modificado por el Decreto 188/1994, de 30 de septiembre), establece que la duración del mandato de los miembros del Comité será de cuatro años y prevé la posibilidad de que transcurrido dicho período de cuatro años los miembros puedan ser renovados.

Tercero.- Teniendo en consideración que el mandato de los actuales miembros del Comité Canario de Disciplina Deportiva, cuyo nombramiento se efectuó por Orden de 29 de abril de 2003 (B.O.C. de 15.5.03) y, en el caso de D. José Luis Pérez Suárez, por Orden de 23 de mayo de 2005 (B.O.C. de 15.6.05), como consecuencia del fallecimiento de D. Jaime Santana Castellano, expira el mes de abril de 2007.

Cuarto.- Dada la disponibilidad manifestada por D. Francisco de Paula Jiménez Soto, D. Nicolás Díaz de Lezcano Sevillano, D. Pedro Miguel Fraile Bonafonte, D. Gabriel Mato Adrover y D. José Luis Pérez Suárez para continuar desempeñando sus funciones.

De acuerdo con todo lo anterior y en virtud de las competencias administrativas que me otorga el artículo 32 de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno y de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, el artículo 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90), los artículos 4 y 5 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06), y el Decreto 58/2005, de 20 de mayo, del Presidente, de nombramiento como Consejero de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 99, 21.5.05),

D I S P O N G O:

Único.- La renovación del mandato de D. Francisco de Paula Jiménez Soto, D. Nicolás Díaz de Lezcano Sevillano, D. Pedro Miguel Fraile Bonafonte, D. Gabriel Mato Adrover y D. José Luis Pérez Suárez como miembros del Comité Canario de Disciplina Deportiva por otro período de cuatro años.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Publíquese en el Boletín Oficial de Canarias y notifíquese a los interesados a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de marzo de 2007.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Cristóbal Godoy Delgado.

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