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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,
R E S U E L V O:
Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 2 de febrero de 2004, relativo a la ejecución del Auto del R.C.A. 1033/01, del Plan Parcial S.A.U.-8 Costa del Faro, término municipal de La Oliva, cuyo texto se adjunta como anexo.
Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de mayo de 2007.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.
A N E X O
La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 2 de febrero de 2004, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Primero.- Entender que, de conformidad con lo establecido en auto de 3 de octubre de 2003 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en pieza separada de medidas cautelares en el RCA nº 1.033/01, queda suspendida la eficacia del Plan Parcial S.A.U.-8 "Costa del Faro", en el término municipal de La Oliva (Fuerteventura), sin que puedan dictarse a su amparo actos administrativos de ningún tipo en tanto dure tal suspensión.
Segundo.- El presente Acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.
Tercero.- El presente Acuerdo se notificará a la entidad promotora para su conocimiento y aplicación. Asimismo se notificará al Ayuntamiento de La Oliva, instándole al propio tiempo para en aras de la eficacia de la medida cautelar dictada por la Sala, proceda igualmente a la suspensión de los efectos de la aprobación del Proyecto de Urbanización y a la paralización efectiva de los trabajos, y al Cabildo Insular de Fuerteventura.
Cuarto.- El presente Acuerdo será debidamente notificado a la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural para vigilancia de su cumplimiento, y a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias.
Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo, no obstante, interponer el que considere más oportuno a su derecho si entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Salvador Trujillo Morales.
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