Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 100. Viernes 18 de Mayo de 2007 - 765

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

765 - Dirección General de Servicios Sociales.- Resolución de 25 de abril de 2007, por la que se da publicidad a la suscripción del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias y el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, Tenerife, para la encomienda de gestión del Centro de Día para Mayores de Guía de Isora.

Descargar en formato pdf

La Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, garantiza en su artº. 1 el derecho de todos los ciudadanos a los servicios sociales, facilitando su acceso a los mismos, orientados a evitar y superar conjuntamente con otros elementos del régimen público de bienestar social, las situaciones de necesidad y marginación social que presenten individuos, grupos y comunidades en el territorio canario, favoreciendo el pleno y libre desarrollo de éstos.

El Gobierno de Canarias, en su propósito de racionalización del sistema de servicios sociales, y de imprimir una mayor eficacia en su gestión, conforme a los principios inspiradores de la Ley de Servicios Sociales y considerando el ámbito territorial de desarrollo de la referida actividad, considera conveniente encomendar al Ilustre Ayuntamiento de Guía de Isora la gestión del Centro de Día radicado en su término municipal en base a lo establecido en los artículos 22.1.2.3 de la Ley Orgánica 4/1996, de 30 de diciembre, de reforma de la Ley 4/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canarias, y 15.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Y, de acuerdo con lo previsto en el artº. 15, apartado 3, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se resuelve ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias del Convenio para la encomienda de gestión del Centro de Día de Guía de Isora, que figura como anexo a la presente Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 25 de abril de 2007.- La Directora General de Servicios Sociales, Araceli Sánchez Gutiérrez.

A N E X O

Convenio de Colaboración entre la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias y el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, Tenerife, para la encomienda de gestión del Centro de Día para Mayores de Guía de Isora.

En Guía de Isora, a 28 de febrero de 2007.

REUNIDOS

De una parte: la Sra. Dña. María Luisa Zamora Rodríguez, en nombre de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en representación de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, en uso de las facultades y atribuciones que le han sido conferidas en virtud de lo dispuesto en el artículo 29.1, letra K) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, en relación con el Decreto 60/2005, de 20 de mayo (B.O.C. nº 99, de 21.5.05), por el que se le nombra Consejera de Empleo y Asuntos Sociales.

De otra parte: el Sr. Alcalde del Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, D. Pedro M. Martín Domínguez, en representación de la citada corporación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; en virtud de su nombramiento con fecha 3 de julio de 1999 y facultado expresamente para la firma del presente Convenio por acuerdo plenario de fecha 1 de febrero de 2007.

EXPONEN

I.- Que la intervención pública en el campo de los Servicios Sociales ha de servir al ideal de solidaridad que debe traducirse en la contribución de las diferentes Administraciones Públicas, en el cambio de las estructuras sociales y administrativas, que posibiliten nuevos marcos de actuación conjunta, aunando esfuerzos y medios de todo tipo, bajo el principio de coordinación, eficacia y descentralización administrativa.

II.- Que la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias posee la titularidad del Centro de Día para Mayores de Guía de Isora, Tenerife, inmueble sito en la calle La Era, 2, en el citado término municipal; en el cual se ha venido desarrollando un Programa de Atención a Personas Mayores, por la entidad Cáritas Diocesana de Tenerife, en virtud de un Convenio de Colaboración firmado con la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, con fecha 26 de marzo de 1999, el cual se ha prorrogado hasta el 28 de febrero de 2007, contando para ello con las dotaciones de personal y medios materiales precisos.

III.- Que el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, con el espíritu de colaboración que ha de presidir las relaciones entre las Administraciones Públicas, según prevén las Leyes de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y la reguladora de las Bases del Régimen Local, tiene interés en cooperar con la Comunidad Autónoma de Canarias gestionando el Centro de referencia conforme a las directrices que señala la normativa vigente en materia de Centros de Mayores y la que pueda emanar de la Potestad Reglamentaria que a la propia Comunidad Autónoma asiste.

IV.- Que el Gobierno de Canarias fija para la gestión del Centro de Día de Personas Mayores de Guía de Isora, una cantidad consignada en el presupuesto de la Dirección General de Servicios Sociales para 2007, con cargo a la partida presupuestaria 23 07 313D 229.09, aplicables a las actividades del Centro, a su mantenimiento, conservación y mejora.

Por todo ello, y en virtud del marco legal que determina el artículo 148 de la Constitución Española; el artículo 30.13 del Estatuto de Autonomía de Canarias; el artículo 25.2.k) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; los artículos 10.7 y 13.1.f) de la Ley 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales; los artículos 3, apartados 1, 2 y 4, y 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; teniendo las partes interés en cooperar en la gestión del Centro de Día de Mayores de Guía de Isora,

ACUERDAN:

La suscripción del presente Convenio, conforme a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Es objeto del presente Convenio la encomienda de la gestión del Centro de Día para Mayores de Guía de Isora, centro dependiente de la Dirección General de Servicios Sociales en la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno Autónomo de Canarias, al Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora.

Segunda.- La gestión a realizar por el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora abarcará todas aquellas actividades necesarias para el normal funcionamiento del Centro de Día de Mayores, conforme a la normativa vigente que le afecta y a la reglamentaria que por el Gobierno de Canarias pudiera dictarse; entendiéndose que dichas actividades han de ser de carácter material, técnico o de servicios, no traduciéndose en actos jurídicos con sustantividad propia.

Actividades que tendrán como objetivo prioritario el ofrecer una atención integral de las personas mayores afectadas de un determinado nivel de discapacidad física, psíquica y/o social; favoreciendo su permanencia en su entorno sociofamiliar mediante los servicios adecuados para rehabilitación funcional y social.

Esta intervención se llevará a cabo con mayores que se dividirán en dos grupos:

· Un grupo de mayores que pasarán el día en las instalaciones llevando a cabo un programa de intervención marcado por la individualidad y por los procesos personales que requiera su situación.

· Un grupo de mayores, usuarios del centro, que acuden al mismo por las tardes.

Las áreas sobre las que se deberá intervenir serán:

·Área de Intervención en Salud, tanto física como psíquica.

· Área de Intervención en el ocio y tiempo libre.

· Área de Intervención en relaciones sociales.

· Área de Intervención Comunitaria (Fomento de las relaciones intergeneracionales).

En todo caso las actividades que comprenden la gestión del Centro de Día para Personas Mayores de Guía de Isora deberán ir referidas al fomento de la cultura, educación, promoción de la salud y de las relaciones intergeneracionales, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/1996, de 11 de julio, de participación de las personas mayores y de la solidaridad entre generaciones (B.O.C. nº 87, de 19 de julio), y en el Reglamento de Régimen Interno.

Tercera.- Para el desarrollo de las actividades y mantenimiento del Centro de Día para Personas Mayores de Guía de Isora, la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, a través de su Dirección General de Servicios Sociales, aporta el crédito asignado al citado Centro de Día de Mayores para el ejercicio de 2007, con cargo a la partida presupuestaria 23 07 313D 229.09 el cual se cuantifica en 125.114,75 euros, el importe que abarcará el período de vigencia fijado en la cláusula novena del presente Convenio. Dicha aportación se abonará una vez suscrito el presente Convenio.

Cuarta.- La encomienda de gestión realizada en virtud del presente Convenio no produce cambio en la titularidad ni afecta al ejercicio de las competencias del órgano cedente, que dictará cuantos actos o resoluciones estime oportunos para el buen fin de la encomienda. En este sentido la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales conserva la titularidad del Centro, de los medios materiales inventariables rigiéndose por la normativa vigente que en cada momento le sea de aplicación.

Quinta.- El Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, en virtud del presente Convenio, asume las facultades funcionales de dirección, impulso, control e inspección ordinaria del Centro y del personal adscrito al mismo.

Sexta.- El Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, se compromete a gestionar el Centro de Día para Mayores de Guía de Isora, aplicando el presupuesto asignado por la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales al desarrollo de las actividades que actualmente se desarrollan en el mismo y mantenimiento del mismo, con obligación de reconocer a su cargo, los gastos de limpieza, energía, suministro de agua y servicio de teléfono, ante las entidades o empresas suministradoras, con observación de la normativa vigente en esta materia y la que resultare de aplicación, así como de las directrices y criterios que ambas partes acuerden, bajo supervisión de la Dirección General de Servicios Sociales.

Séptima.- El Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, remitirá, a la Dirección General de Servicios Sociales, al final de cada semestre, una Memoria que permita el seguimiento de la gestión efectuada, con expresión de los gastos efectuados en actividades, mantenimiento, conservación y mejoras del Centro.

Octava.- Si para el desarrollo del objeto del presente Convenio se estimara por el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora la necesidad de incremento de plantilla de personal, podrá, previa comunicación a la Dirección General de Servicios Sociales y conformidad de la misma, proceder a la debida contratación como empresa propia y a su solo cargo en todas las obligaciones laborales. Dicho personal no tendrá vinculación jurídica alguna, laboral o administrativa, con la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

Novena.- El presente Convenio tendrá vigencia desde el 1 de marzo de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, prorrogándose automáticamente por años naturales, previa conformidad de las partes, en el marco que las posibilidades presupuestarias lo permitan. Dicha prórroga deberá plasmarse en la correspondiente Addenda, la cual estará sometida a fiscalización previa.

Asimismo será causa de extinción el incumplimiento por alguna de las partes firmantes de los compromisos asumidos en el mismo, debiendo en este caso el Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora restituir la parte proporcional del crédito transferido correspondiente al período comprendido desde que se declare el incumplimiento hasta la fecha de la finalización del plazo de vigencia marcado.

Décima.- El Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora justificará, con certificación expedida por su órgano competente, el haberse destinado los fondos recibidos a la realización del objeto del Convenio, dentro de los tres meses siguientes a la vigencia establecida en la anterior cláusula.

Undécima.- El Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora se obliga expresamente a someterse a las actuaciones de comprobación y control financiero de la Intervención General, de conformidad con lo previsto en la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y en el Reglamento de la Función Interventora, aprobado por el Decreto 28/1997, de 6 de marzo.

Duodécima.- Al objeto de evaluar los resultados del Convenio y de coordinar la colaboración, se creará una Comisión de Seguimiento que estará integrada por un representante de la Dirección General de Servicios Sociales y otro del Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, designados al efecto por los respectivos organismos.

Decimotercera.- El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, y se regirá por lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo competente para entender en los litigios que pudieran surgir la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, si bien podrán aplicarse los principios de la legislación de contratos de las Administraciones Públicas a los efectos de resolución de dudas o interpretaciones.

De conformidad con cuanto antecede, en ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes y obligando con ello a las instituciones que representan, suscriben por triplicado ejemplar el presente Convenio en la fecha y lugar indicados.- La Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, María Luisa Zamora Rodríguez.- El Alcalde-Presidente del Iltre. Ayuntamiento de Guía de Isora, Pedro M. Martín Domínguez.

© Gobierno de Canarias