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BOC Nº 102. Martes 22 de Mayo de 2007 - 2012

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2012 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 10 de mayo de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Francisco Javier Martín Hernández, interesado en el expediente nº 1257/05-M.

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No habiéndose podido notificar a D. Francisco Javier Martín Hernández en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, la Resolución dictada en el expediente tramitado por esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural con referencia 1257/05-M de conformidad con el apartado cuarto del antes mencionado artículo,

R E S U E L V O:

Primero.- Notificar a D. Francisco Javier Martín Hernández la Resolución de fecha 26 de marzo de 2007, recaída en el expediente con referencia 1257/05-M, y que dice textualmente:

"Examinado el expediente sancionador instruido contra D. Francisco Javier Martín Hernández, por infracción administrativa leve a la Ley de Residuos de Canarias, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes y consideraciones jurídicas,

ANTECEDENTES

1º) La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural resolvió con fecha 25 de octubre de 2006 incoar procedimiento administrativo sancionador a D. Francisco Javier Martín Hernández, como presunto responsable de una infracción administrativa leve a la Ley de Residuos de Canarias, consistente en el abandono de residuos peligrosos, en concreto, de un vehículo marca Seat color amarillo matrícula TF-2904-I, en el lugar conocido como Camino Salemera, dentro del término municipal de Mazo, de la isla de La Palma.

2º) La Resolución fue notificada el día 9 de noviembre de 2006. El plazo de quince días para formular alegaciones venció el día 27 de noviembre de 2006, sin que conste en el expediente escrito de alegaciones formulado por el interesado.

3º) Una vez instruido el procedimiento sancionador resulta probado que el vehículo marca Seat color amarillo matrícula TF-2904-I, se encuentra abandonado en el lugar conocido como Camino Salemera, dentro del término municipal de Mazo, de la isla de La Palma.

4º) El Instructor del procedimiento sancionador, con fecha 26 de diciembre de 2006, declaró probado el hecho consistente en el abandono de un vehículo marca Seat color amarillo matrícula TF-2904-I, en el lugar conocido como Camino Salemera, dentro del término municipal de Mazo, de la isla de La Palma.

Y asimismo, propuso al órgano competente sancionar a D. Francisco Javier Martín Hernández, con una multa de mil doscientos (1.200) euros, por la presunta comisión de una infracción administrativa leve a la Ley de Residuos de Canarias, consistente en el abandono de residuos peligrosos, en concreto, de un vehículo marca Seat color amarillo matrícula TF-2904-I, en el lugar conocido como Camino Salemera, dentro del término municipal de Mazo, de la isla de La Palma.

5º) La Propuesta de Resolución fue notificada con fecha 5 de enero de 2007. Con fecha 23 de febrero de 2007 se registra la entrada en esta Agencia del escrito de alegaciones presentado por el denunciado.

6º) Con fecha 15 de marzo de 2007 se emite diligencia de comprobación de retirada del vehículo suscrita por el Agente de Medio Ambiente de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, en la que se informa de que se ha constatado que el referido vehículo ha sido retirado del lugar antes mencionado.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural es competente para la incoación y tramitación de expedientes sancionadores por infracción a la legislación vigente en materia de residuos, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Adicional Primera del vigente Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, aprobado en virtud del Decreto 20/2004, de 2 de marzo, siendo competentes para su resolución los órganos a que se refiere el artículo 41 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, en relación con la citada Disposición Adicional Primera del Reglamento Orgánico de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.

Segunda.- Conforme al artículo 11 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, Básica de Residuos "Los poseedores de residuos estarán obligados, siempre que no procedan a gestionarlos por sí mismos, a entregarlos a un gestor de residuos, para su valorización o eliminación, o a participar en un acuerdo voluntario o convenio de colaboración que comprenda estas operaciones.

En todo caso, el poseedor de los residuos estará obligado, mientras se encuentren en su poder, a mantenerlos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad".

La Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, define residuo en el apartado a) del artículo 4 como cualquier sustancia u objeto del cual su poseedor se desprenda o del que tenga la intención o la obligación de desprenderse, teniendo la consideración de residuo, en todo caso, aquellos que figuren en la lista europea de residuos.

Los vehículos al final de su vida útil son residuos peligrosos según se recoge en la lista europea de residuos, publicada por la Orden MAM/304/2002, de 8 de febrero, por la que se publican las operaciones de valorización y eliminación de residuos y la Lista Europea de Residuos con el Código 16 01 04.

Asimismo resulta de aplicación el Real Decreto 1.383/2002, de 20 de diciembre, sobre gestión de vehículos al final de su vida útil, que incorpora al derecho interno la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2002, conforme al cual todos los vehículos deberán descontaminarse al final de su vida útil, antes de ser sometidos a cualquier otro tratamiento, a tal efecto, el artículo 4 impone al titular de un vehículo que vaya a desprenderse del mismo, la obligación de entrega -bien directamente o a través de una instalación de recepción- a un centro autorizado de tratamiento que realizará su descontaminación.

Tercera.- La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos considera poseedor en su artículo 3 al "productor de los residuos o la persona física o jurídica que los tenga en su poder y que no tenga la condición de gestor de residuos".

La propiedad del vehículo marca Seat color amarillo matrícula TF-2904-I, en el lugar conocido como Camino Salemera, dentro del término municipal de Mazo, de la isla de La Palma, según consta en la denuncia de fecha 12 de julio de 2005 es de D. Francisco Javier Martín Hernández.

Cuarta.- Al poner en relación los preceptos citados con los hechos denunciados, se desprende la comisión de una infracción medioambiental, tipificada y calificada de grave en el apartado j) del artículo 38.3, en relación con el artículo 38.2.c) de la Ley de Residuos de Canarias.

No obstante, y debido a la escasa cuantía y entidad de la conducta, se trataría de una infracción leve de conformidad con el artículo 38.4.c) de la misma ley.

Quinta.- De conformidad a lo dispuesto en el artículo 33.1 de la Ley 10/1998, de 21 abril, de Residuos "los residuos tendrán siempre un titular responsable, cualidad que corresponderá al productor, poseedor, o gestor de los mismos "y según el artículo 39.1 de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, "son responsables de las infracciones tipificadas en esta Ley los que hayan participado en su comisión". En este caso, la responsabilidad recae, en calidad de propietario, en D. Francisco Javier Martín Hernández.

Sexta.- La comisión de infracción leve es sancionada en el artículo 42.3 de la citada Ley 1/1999, de 29 de enero, con multa de trescientos euros con cincuenta y un céntimos hasta seis mil diez euros con doce céntimos (de 300,51 hasta 6.010,12 euros), clausura temporal parcial de las instalaciones y apercibimiento público. En el presente caso la sanción es de trescientos euros con cincuenta y un céntimos (300,51 euros), una vez tenida en cuenta, como circunstancia atenuante y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la citada Ley y según se desprende del informe suscrito por el Agente de Medio Ambiente en el que se constata que el vehículo ha sido retirado.

En virtud de lo expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Sancionar a D. Francisco Javier Martín Hernández, con una multa de trescientos euros con cincuenta y un céntimos (300, 51 euros), por la comisión de una infracción administrativa leve a la Ley de Residuos de Canarias, consistente en el abandono de residuos peligrosos, en concreto, de un vehículo marca Seat color amarillo matrícula TF-2904-I, en el lugar conocido como Camino Salemera, dentro del término municipal de Mazo, de la isla de La Palma.

Segundo.- Advertirle de que de incurrir en análoga conducta, podría ser considerado como reincidente con el agravamiento de responsabilidad que ello conlleva.

El cumplimiento de las obligaciones económicas se hará efectivo en el tiempo y forma que se establezca en la notificación que le remitirá la Consejería de Economía y Hacienda a este fin.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa y le confiere la naturaleza de un acto definitivo, cabe recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que la adoptó, el Ilmo. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural a interponer en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la recepción de la presente Resolución, y si interpone el recurso de reposición, no podrá deducir recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto de forma expresa, o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

El agotamiento de la vía administrativa abre paso a la contenciosa, pudiendo interponerse recurso contencioso, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse."

Segundo.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias, para su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y al correspondiente Ayuntamiento para su inserción en el tablón de edictos.

Santa Cruz de Tenerife, a 10 de mayo de 2007.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.

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