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BOC Nº 107. Martes 29 de Mayo de 2007 - 2156

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Turismo

2156 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 17 de mayo de 2007, sobre notificación de Propuesta de Resolución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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Habiéndose intentado por esta Dirección General sin haberse podido practicar, la notificación de la Propuesta de Resolución en el expediente incoado con motivo de denuncias o Actas de Inspección formuladas contra los titulares de empresas y actividades turísticas que se relacionan, conforme al artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y siendo precisa su notificación a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de los establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

2.- Se le concede un plazo de 15 días, contados a partir de esta notificación, para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes o, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretende valerse.

3.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Santa Cruz de Tenerife, a 17 de mayo de 2007.- El Director General de Ordenación y Promoción Turística, Raimundo Domínguez de Vera.

Resolución de publicación de propuesta de expediente sancionador y cargo que se cita.

Con fecha 29 de diciembre de 2006 se dictó Resolución de iniciación del procedimiento sancionador nº 317/06, notificada mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 43, de fecha 28 de febrero de 2007 seguido contra el titular del establecimiento cuyos datos se refieren a:

TITULAR: Guillermo Gómez Rufiangel.

ESTABLECIMIENTO: Bar Las Brujas.

DIRECCIÓN: calle Lomo Negro, s/n, El Fraile, 38640-Arona.

Nº EXPEDIENTE: 317/06.

N.I.F.: 45702841R.

Iniciado como consecuencia de las reclamaciones/denuncias formuladas por la Dirección General de la Guardia Civil de Playa de las Américas y de las siguientes actuaciones de la Inspección de Turismo 11687, de fecha 19 de agosto de 2006, formulándose los siguientes

HECHOS: primero: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin haber notificado a la Administración turística competente, los precios que hayan de regir en la prestación de los servicios, según consta en la referida acta de inspección.

Segundo: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin tener las Hojas de Reclamaciones, según consta en la referida acta nº 11687.

Tercero: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin tener el Libro de Inspección, según consta en la referida acta de inspección nº 11687.

FECHA DE INFRACCIÓN: hecho primero: 19 de agosto de 2006.

Hecho segundo: 19 de agosto de 2006.

Hecho tercero: 19 de agosto de 2006.

ALEGACIONES: examinado el expediente de referencia, no consta al formular la presente Propuesta de Resolución, que el/la titular consignado/a haya presentado alegaciones ni aportado prueba alguna que desvirtúen los hechos imputados por Resolución de iniciación notificada mediante publicación en el Boletín Oficial de Canarias nº 43, de fecha 28 de febrero de 2007.

Los hechos imputados infringen lo preceptuado en las siguientes normas, vienen tipificados como se indica y están calificados como se recoge seguidamente:

HECHOS: primero: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin haber notificado a la Administración turística competente, los precios que hayan de regir en la prestación de los servicios, según consta en la referida acta de inspección.

Segundo: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin tener las Hojas de Reclamaciones, según consta en la referida acta nº 11687.

Tercero: estar funcionando en régimen de explotación turística como bar, sin tener el Libro de Inspección, según consta en la referida acta de inspección nº 11687.

FECHA DE INFRACCIÓN: hecho primero: 19 de agosto de 2006.

Hecho segundo: 19 de agosto de 2006.

Hecho tercero: 19 de agosto de 2006.

NORMAS SUSTANTIVAS INFRINGIDAS: hecho primero: artículo 30.1 de la Orden Ministerial de 17 de marzo de 1965, por la que se aprueba la Ordenación Turística de Restaurantes (B.O.E. de 29 de marzo), modificado por la Orden Ministerial de 29 de junio de 1978 (B.O.E. de 19 de julio), en relación con el artículo 4 de la Orden de 19 de junio de 1970 (B.O.E. de 23 de junio); artículo 1 de la Orden de 31 de octubre de 1970 (B.O.E. de 17 de noviembre), y artículo 1 de la Orden de 13 de noviembre de 1986 (B.O.C. nº 139, de 19 de noviembre).

Hecho segundo: artículo 20.1 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19.4.95).

Hecho tercero: artículo 84 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19.4.95).

TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN: hecho primero: artículo 76.5 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril), en relación con el artículo 77.7 del mismo cuerpo legal.

Hecho segundo: artículo 76.6 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril), en relación con el artículo 77.7 del mismo cuerpo legal.

Hecho tercero: artículo 76.9 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril), en relación con el artículo 77.7 del mismo cuerpo legal.

CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LAS INFRACCIONES: hecho primero: leve.

Hecho segundo: leve.

Hecho tercero: leve.

Para las infracciones calificadas como leves es competente para su resolución el Director General de Ordenación y Promoción Turística, de acuerdo con el artículo 80.2 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril) y el artículo 7.2.B).f) del anexo al Decreto 84/2004, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo (B.O.C. nº 138, de 19.7.04).

Como consecuencia de todo lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Imponer a Guillermo Gómez Rufiangel, con N.I.F. 45702841R, titular del establecimiento denominado Bar Las Brujas, la sanción de cuatrocientos cinco (405,00) euros. Correspondiendo la cantidad por el hecho primero: ciento treinta y cinco (135,00) euros.

Hecho segundo: ciento treinta y cinco (135,00) euros.

Hecho tercero: ciento treinta y cinco (135,00) euros.

Se le indica la puesta de manifiesto del expediente, así como se le ofrece un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente propuesta, como trámite de audiencia según se establece en los artículos 14.3 y 15 del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nº 103, de 21.8.96).

En el caso de que Vd. sea representante, deberá acreditar esta representación, aportando Escritura de Poder para dejar constancia fidedigna, bien con copia simple notarial o previo cotejo o compulsa de la fotocopia con su original, a tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrá hacer efectiva la cuantía de la sanción en la Intervención Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, con la presentación de esta Propuesta de Resolución, debiendo remitir a esta Dirección General, copia del Mandamiento de Ingreso, para acordar la finalización del procedimiento, sin perjuicio del derecho a interponer los recursos procedentes, todo ello, según se prevé en los artículos 7 y 9.2.e) del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nº 103, de 21.8.96).- Santa Cruz de Tenerife, a 12 de abril de 2007.- La Instructora, Isabel Fernández-Trujillo Junquera.

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