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BOC Nº 115. Lunes 11 de Junio de 2007 - 928

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

928 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 29 de mayo de 2007, por la que se modifican las bases 2.1.d) y 5.2 de las que rigen el concurso público de méritos para formar parte de las listas de reserva para cubrir puestos de trabajo vacantes o por sustitución de sus titulares, adscritos a los Cuerpos Superior Facultativo (Grupo A), y Facultativo de Técnicos de Grado Medio (Grupo B), mediante nombramiento como funcionario interino, en las Escuelas de Capacitación Agraria, dependientes de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, convocado por Resolución de 26 de marzo de 2007 (B.O.C. nº 66, de 2 de abril).

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Mediante Resolución de esta Secretaría General Técnica, de 26 de marzo de 2007, se convoca concurso público de méritos para formar parte de las listas de reserva para cubrir puestos de trabajo vacantes o por sustitución de sus titulares, adscritos a los Cuerpos Superior Facultativo (Grupo A), y Facultativo de Técnicos de Grado Medio (Grupo B), mediante nombramiento como funcionario interino, en las Escuelas de Capacitación Agraria, dependientes de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (B.O.C. nº 66, de 2 de abril).

La redacción de la base 2.1.d) de las que rigen el concurso público, en lo que se refiere al señalamiento del Real Decreto 118/2004, de 23 de enero, por el que se regula el título de Especialización Didáctica, puede dar lugar a confusiones futuras, pues el mismo fue derogado por el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecido por la Ley Orgánica 2/2006, aunque ello no resultaba óbice para haber exigido, a quienes pretendían formar parte de las listas de reserva, la acreditación de la formación pedagógica y didáctica a que se refiere el artículo 100.2 de dicha Ley, ya que conforme a su Disposición Transitoria Octava son equivalentes a tal formación el título Profesional de Especialización Didáctica y cuantos otros se señalaban en el citado Real Decreto 118/2004, de 23 de enero.

Además en la base 5.2, se designan los miembros del Tribunal de Selección que lo ha de valorar, figurando entre los mismos Dña. Laura María Vilches Morales, como Secretaria titular, quien actualmente se encuentra en incapacidad temporal por enfermedad.

Por ello, por un lado, razones de seguridad jurídica y el principio de buena apariencia del derecho, determinan que se deba modificar la base 2.1.d), sin que quepa abrir nuevo plazo de presentación de solicitudes, dado que se mantienen los mismos requisitos para participar en el concurso público, y, por otro, la composición del Tribunal de Selección, señalada en la base 5.2, para garantizar que dicho órgano pueda actuar válidamente en todo momento.

En consecuencia, visto el informe emitido por Letrado Habilitado del Servicio Jurídico,

R E S U E L V O:

Modificar las bases 2.1.d) y 5.2 de las que regulan el concurso público de méritos para formar parte de las listas de reserva para cubrir puestos de trabajo vacantes o por sustitución de sus titulares, adscritos a los Cuerpos Superior Facultativo (Grupo A), y Facultativo de Grado Medio (Grupo B), mediante nombramiento como funcionario interino, en las Escuelas de Capacitación Agraria, dependientes de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, convocado por Resolución de 26 de marzo de 2007, de esta Secretaría General Técnica (B.O.C. nº 66, de 2 de abril), que quedan redactadas en los siguientes términos:

Base 2.1.d)

"Estar en posesión de alguno de los títulos o certificados que en la Disposición Transitoria Octava de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se señalan como equivalentes a la formación establecida en el artículo 100.2 de la misma, o estar exceptuados de su exigencia".

Base 5.2

"Su valoración se efectuará por el siguiente Tribunal de Selección:

Presidente:

Titular: D. Javier Egaña Irusta.

Suplente: D. Bernardo de la Rosa Vilar.

Vocal 1º:

Titular: D. Estanislao Torres Domínguez.

Suplente: D. Juan José Hernández Cruz.

Vocal 2º:

Titular: D. Juan Imeldo Gómez Gómez.

Suplente: D. Ramón Fagundo Plasencia.

Vocal 3º:

Titular: Dña. Dulce María Vilches Morales.

Suplente: D. Julián Zafra Díaz.

Secretario:

Titular: D. Fernando Joaquín Giralda Brito.

Suplente: Dña. Ana Isabel Barrera Cabrera."

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a tenor de lo regulado en el artículo 10.1.a), en relación con el artículo 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; o bien, interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante la Secretaría General Técnica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes a contar del día siguiente a que tenga lugar su publicación en los términos previstos en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Santa Cruz de Tenerife, a 29 de mayo de 2007.- La Secretaria General Técnica, María Jesús Ibarria Martín.

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