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Visto el expediente de referencia, resultan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Las subvenciones concedidas se regulan por la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998 (B.O.E. de 21.11.98), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y Trabajo Autónomo.
Segundo.- En el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E. de 18.11.03), se establece que con carácter excepcional, podrán concederse de forma directa aquellas subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.
Tercero.- El Real Decreto 357/2006, de 24 de marzo, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en los ámbitos del empleo y de la formación profesional ocupacional (B.O.E. de 7.4.06), establece en su artículo 2.1.b) la autorización para la concesión directa de las subvenciones para la integración laboral de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y Trabajo Autónomo.
A los citados antecedentes de hecho, les son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para resolver el presente procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 12/2003, de 28 de abril, del Servicio Canario de Empleo.
Segundo.- El artículo 18.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, determina que "los órganos administrativos concedentes publicarán en el Diario Oficial correspondiente, y en los términos que se fijen reglamentariamente, las subvenciones concedidas con expresión de la convocatoria, el programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención".
En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,
R E S U E L V O:
Primero.- La publicación de las subvenciones concedidas en el ejercicio presupuestario de 2006 que se relacionan en el anexo I, referentes a este Programa cuya finalidad es la integración laboral de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y Trabajo Autónomo:
· Esta subvención se financia con cargo al crédito consignado en las siguientes aplicaciones del Estado de Gastos del Presupuesto del Servicio Canario de Empleo para el año 2006: Aplicación 23.01.322I.470.00, proyecto 02723104 "Transferencia de Capital a Centros Especiales de Empleo y a Trabajadores Discapacitados Autónomos" y Aplicación 23.01.322I.470.00, proyecto 023425502 "Integración laboral de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo y Trabajo Autónomo", con un presupuesto global de cuatro millones doscientos noventa y dos mil cuatrocientos veinticinco euros con cuarenta y ocho céntimos (4.292.425,48 euros).
· Este presupuesto global ha sido aprobado por la Conferencia Sectorial, Orden TAS/1075/2006, de 29 de marzo, por la que se distribuyen territorialmente para el ejercicio económico 2006, para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, subvenciones del ámbito laboral financiadas con cargo a los presupuestos generales (B.O.E. nº 87, de 12.4.06).
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de mayo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.
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