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BOC Nº 124. Jueves 21 de Junio de 2007 - 2463

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

2463 - Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 4 de junio de 2007, del Director Ejecutivo, sobre notificación a D. Juan José Tacoronte Torres, de la Resolución recaída en el expediente de RR 13/2007.

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No habiéndose podido practicar la notificación a D. Juan José Tacoronte Torres, de la Resolución del Ilmo. Sr. Director de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 851, de fecha 19 de marzo de 2007, en los términos del apartado primero del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,

R E S U E L V O:

Notificar a D. Juan José Tacoronte Torres, la Resolución del Ilmo. Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural nº 851, de fecha 19 de marzo de 2007, recaída en el expediente instruido en esta Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, por interposición de recurso de reposición, contra el cargo de liquidación 385002006110000912, con expediente de referencia RR 13/2007, derivada del expediente sancionador 1387/02-U, y cuyo texto es el siguiente:

"Visto el recurso de reposición presentado contra el procedimiento administrativo de apremio seguido contra D. Juan José Tacoronte Torres, con N.I.F. 42051071X, en la providencia de apremio nº 20070000217, y número de liquidación 385002006110000912, por importe de veinticinco mil novecientos noventa y tres euros con veintidós céntimos (25.993,22 euros).

RESULTANDO

Primero.- Que la providencia de apremio consta notificada con fecha 28 de febrero de 2007, entregada en domicilio, siendo recibida por Dña. María del Rosario Domínguez González, con N.I.F. 75403887S.

Segundo.- Que el motivo alegado por el recurrente es sucintamente "Que se anule la liquidación de la deuda en período ejecutivo, por cumplir con el calendario provisional de pago de la deuda".

Tercero.- Que con fecha 5 de marzo de 2007, llega a este Servicio de Asuntos Económicos, acuerdo emitido por la Sra. Tesorera Jefe del Servicio de Recaudación de Santa Cruz de Tenerife, anulando la providencia de apremio nº 20070000217, por importe de 25.993,22 euros a nombre de D. Juan José Tacoronte Torres.

CONSIDERANDO

Primero.- El artículo 225 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y según el punto cuarto.B) del Convenio entre la actual Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias y la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de fecha 13 de agosto de 2002, es este Servicio de Asuntos Económicos competente para resolver el presente recurso de reposición.

Segundo.- Que el recurso está presentado en tiempo y forma a tenor de lo previsto en el artículo 223 de la Ley 58/2003, General Tributaria, por el que se regula el recurso potestativo de reposición, previo al económico-administrativo.

Tercero.- Que la providencia de apremio se notificó, de manera personal y de una forma efectiva, tal como se previene en el artículo 109 y siguientes de la Ley 58/2003, General Tributaria.

Cuarto.- Que el artículo 167.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, establece que contra la providencia de apremio sólo serán admisibles los siguientes motivos de oposición:

a) Extinción total de la deuda o prescripción del derecho a exigir el pago.

b) Solicitud de aplazamiento, fraccionamiento o compensación en período voluntario y otras causas de suspensión del procedimiento de recaudación.

c) Falta de notificación de la liquidación.

d) Anulación de la liquidación.

e) Error u omisión en el contenido de la providencia de apremio que impida la identificación del deudor o de la deuda apremiada.

Quinto.- Que se da uno de los supuestos de impugnación de la providencia de apremio contemplado en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En base a lo anteriormente expuesto,

R E S U E L V O:

Primero.- Estimar el recurso de reposición 13/2007.

Segundo.- Anular la providencia de apremio 20070000217, emanada de la liquidación 385002006110000912.

Tercero.- Reponer las actuaciones administrativas hasta el momento de la notificación de la liquidación en período voluntario.

Contra la presente Resolución en el plazo de un mes contado a partir de la recepción de la presente notificación, se podrá interponer reclamación económico-administrativa que se dirigirá al Sr. Director Ejecutivo de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, quien la remitirá al Excmo. Sr. Consejero de Economía, Hacienda y Comercio del Gobierno de Canarias, de conformidad con lo preceptuado en la Disposición Decimotercera de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de Canarias.

Dicha deuda podrá ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento con el consiguiente pago de intereses de demora y previa solicitud en los Servicios de Recaudación, según determinan los artículos 48 y siguientes del Procedimiento General de Recaudación."

Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al correspondiente Ayuntamiento, para su inserción en el tablón de edictos.

Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de junio de 2007.- El Director Ejecutivo, Pedro Gómez Jiménez.

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