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BOC Nº 125. Viernes 22 de Junio de 2007 - 1025

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1025 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 11 de junio de 2007, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 23 de marzo de 2007, relativo al Plan General de Ordenación, término municipal de Gáldar (Gran Canaria). Aclaración Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 20 de julio de 2006 respecto del dispositivo II, apartado D) relativo a correcciones derivadas del informe de Agricultura y B) determinar el procedimiento para incluir los errores detectados en el documento tras el acuerdo de Aprobación Definitiva.

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En ejecución de la legislación aplicable, por la presente,

R E S U E L V O:

Ordenar la inserción en el Boletín Oficial de Canarias del Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de fecha 23 de marzo de 2007, relativo al Plan General de Ordenación, término municipal de Gáldar. Aclaración Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de 20 de julio de 2006 respecto del dispositivo II, apartado D) relativo a correcciones derivadas del informe de Agricultura y B) determinar el procedimiento para incluir los errores detectados en el documento tras el acuerdo de Aprobación Definitiva, cuyo texto se adjunta como anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 11 de junio de 2007.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión celebrada el 23 de marzo de 2007, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar de conformidad con lo previsto en el artículo 105.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y su doctrina jurisprudencial, la corrección de errores del Plan General de Ordenación de Gáldar, aprobado definitivamente por la C.O.T.M.A.C., en su sesión del 20 de julio de 2006, que seguidamente se transcribe:

a) Incorporar en las normas urbanísticas de la Ordenación Pormenorizada, la ordenanza Hl-PC y H2-PC del Sector SUSO R-4 Playa Canaria, que figuraba en la documentación de la aprobación provisional y por error se había omitido en la documentación del Texto Refundido. Volumen III. Plan Operativo.

b) Corregir en la tabla resumen de unidades de actuación, el cuadro de cumplimiento de la reserva de viviendas sometidas a régimen de protección pública de las unidades de actuación, por cuanto se había calculado en el cuadro anterior el 25% de las viviendas, cuando en realidad se trata del 25% del aprovechamiento para cumplir con el precepto legal del artº. 32.2.8 en concordancia con la nueva ley de viviendas.

c) Corregir la adscripción de reserva de aprovechamientos para viviendas protegidas en la Unidad de Actuación G-6 Gáldar Casco del 40% al 10% al ser éste un criterio explícito expresado en la memoria del Plan.

d) Corregir la minoración del aprovechamiento correspondiente a viviendas sometidas a algún régimen de protección en las Unidades de Actuación G-8 y G-l1 Gáldar Casco.

e) Incorporar la superficie construida relativa a viviendas de reserva en la Unidad de Actuación M-11 Marmolejo al haberse omitido por error.

f) Incluir en la ficha de la Unidad de Actuación UA Q-23 las determinaciones establecidas en el convenio relativas a la cesión de aprovechamiento del 15%.

g) Los errores detectados en las Unidades de Actuación EA-2 el Agujero y UA G14 Gáldar Casco deberán ser subsanados en el momento de su aprobación definitiva al ser unidades suspendidas por el Acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 20 de julio de 2006 que deben salir nuevamente a información pública.

Segundo.- El presente Acuerdo será debidamente notificado al Ayuntamiento de Gáldar y al Cabildo Insular de Gran Canaria y publicado en el Boletín Oficial de Canarias, y en su caso, en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo, sin perjuicio de que tratándose de una Administración Pública se opte por efectuar el requerimiento previo, en el plazo de dos meses, para que anule o revoque el acto.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en los artículos 44 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por el Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.- La Secretaria de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, Ángela Sánchez Alemán.

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