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BOC Nº 128. Miércoles 27 de Junio de 2007 - 2526

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo y Asuntos Sociales

2526 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 31 de mayo de 2007, de la Directora, relativo a notificación de Resolución de 10 de mayo, por la que se tiene por desistido a D. Leopoldo Álamo Cabrero de su petición de subvención en el marco del programa de promoción del empleo autónomo.- Expte. EGE 06-35/00602.

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Habiendo sido intentada la notificación de la Resolución nº 07-35/1975, de fecha 10 de mayo de 2007, por la que se tiene por desistido al interesado de su petición de subvención en el marco del programa de promoción del empleo autónomo, sin que haya sido recibida por el mismo, es por lo que, conforme a lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero,

D I S P O N G O:

Propuesta de Resolución por la que se tiene por desistido a la solicitud de subvención solicitada por D. Leopoldo Álamo Cabrero en el marco del programa de promoción del empleo autónomo.

Visto el expediente 06-35/00602, en aplicación de la normativa vigente, resultan los siguientes antecedentes y fundamentos jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que D. Leopoldo Álamo Cabrero, con N.I.F. 42761608P, presenta escrito de fecha 18 de abril de 2006 y registro de entrada nº 390111, presenta solicitud ante el Servicio Canario de Empleo, mediante la cual le interesa que le sea concedida una subvención para inversión en capital fijo, destinada a la constitución de minusválidos desempleados en trabajadores autónomos, de acuerdo con lo previsto en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, de 16 de octubre de 1998 (B.O.E. de 21.11.98), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de la integración laboral de los minusválidos en centros especiales de empleo y trabajo autónomo.

Segundo.- Con fecha de registro de salida 25 de abril de 2006, y número de registro de salida 282488, se requiere al interesado para que aportara en el plazo de diez días documentación preceptiva para la tramitación del expediente, advirtiéndole de que de no presentar la documentación requerida en el plazo establecido, en aplicación de lo previsto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.

Tercero.- Según consta en el expediente se le practica comunicación al interesado que fue notificada por el Servicio de Correos con fecha 3 de mayo de 2006. Hasta el día de la fecha, el interesado no ha aportado la documentación requerida.

A los citados hechos, les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Directora del Servicio Canario de Empleo es el órgano competente para resolver el presente expediente en virtud con lo establecido en el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo.

Segundo.- Resulta de aplicación a la presente solicitud de subvención lo establecido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 16 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas y subvenciones públicas destinadas al fomento de su integración laboral en centros especiales de empleo y trabajo autónomo (B.O.E. nº 279, de 21.11.98), cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. nº 21, de 17.2.99), modificada por el Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. nº 151, de 25.6.99), y atribuida al Servicio Canario de Empleo por la Ley 12/2003, de 4 de abril (B.O.C. nº 80, de 28.4.03), en relación con el Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. nº 91, de 25.7.01), modificado por el Decreto 172/2001, de 30 de julio (B.O.C. nº 99, de 3.8.01) y por el Decreto 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. nº 152, de 15.11.02).

Tercero.- El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 establece "Si la solicitud de iniciación no reúne los requisitos que señala el artículo anterior y los exigidos, en su caso, por la legislación específica aplicable, se requerirá al interesado, para que, en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe, los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículos 42".

Por cuanto antecede,

PROPONGO:

Primero.- Tener por desistido de la solicitud de subvención a D. Leopoldo Álamo Cabrero, con N.I.F. 42761608P, archivándose sin más trámite, conforme queda establecido en los antecedentes de hechos y fundamentos jurídicos de la presente Resolución.

Segundo.- Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115, en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que la interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Esta es la propuesta que tengo a bien emitir, sin perjuicio de cualquier otra mejor fundada en derecho.- En Santa Cruz de Tenerife, a 7 de mayo de 2007.- La Subdirectora Empleo, María Teresa Covisa Rubia.

Vista la normativa aplicable y en uso de las facultades que me confiere el artículo 9.1.c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, conforme se propone, resuelvo, la Directora del Servicio Canario de Empleo, Soledad Monzón Cabrera.

Santa Cruz de Tenerife, a 31 de mayo de 2007.- La Directora, Soledad Monzón Cabrera.

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