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BOC Nº 129. Jueves 28 de Junio de 2007 - 2553

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

2553 - EDICTO de 3 de enero de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio verbal LEC. 2000 nº 0000689/2005.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 4 de Arona.

JUICIO:verbal LEC. 2000 0000689/2005.

PARTE DEMANDANTE: Lamplight, S.A.

PARTE DEMANDADA: Impulso Espacial, S.L.

SOBRE: desahucio.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Buenaventura Alfonso González actuando en nombre y representación de la mercantil Lamplight, S.A. contra la entidad Impulso Espacial, S.L. en situación de rebeldía procesal y dando lugar al desahucio.

1.- Declaro resuelto por falta de pago de la renta el contrato de arrendamiento que une a las partes sobre la superficie al aire libre delimitada para el ejercicio de una actividad recreativa dentro del complejo propiedad de la actora y denominado a efectos comerciales, Pleasure Island y en consecuencia;

2.- Condeno a la demandada a que estando y pasando por la anterior declaración desaloje y deje libre y a la entera disposición de la parte actora la finca objeto de estos autos, pues de no hacerlo así en el plazo legal, y si lo pidiere la actora, podrá ser lanzada de la misma;

3.- Condeno a la demandada a que abone a la actora la suma de dieciséis mil doscientos veintisiete euros con treinta y tres céntimos (16.227,33 euros), en concepto de rentas debidas a la fecha de presentación de la demanda correspondientes a los meses de enero de 2005 en adelante, a razón de 6.280,56 euros trimestrales, más los intereses legales de esa cantidad desde la fecha de interposición de la demanda (11 de noviembre de 2005).

4.- Condeno a la demandada a que abone a la actora la suma que se determine en ejecución de sentencia por ocupación de la finca hasta el día del lanzamiento o puesta a disposición del arrendador de la vivienda arrendada, a razón de 6.280,56 euros trimestrales, por cada trimestre completo de renta, y las cantidades que por consumos de agua, gas o electricidad adeude hasta la fecha del lanzamiento o entrega de la vivienda al arrendador.

Todo ello, con expresa condena en costas de la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes, previniéndoles que la misma no es firme y que contra ella podrán interponer en el plazo de cinco días recurso de apelación ante este Juzgado, que se resolverá por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 25 de noviembre de 2006 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificar sentencia.

En Arona, a 3 de enero de 2007.- El/la Secretario Judicial.

DILIGENCIA.- En Arona, a 3 de enero de 2007.

La extiendo yo, el/la Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios.

Doy fe.

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