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BOC Nº 140. Viernes 13 de Julio de 2007 - 2792

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Educación, Cultura y Deportes

2792 - Dirección General de Personal.- Anuncio de 21 de junio de 2007, por el que se hace pública la Resolución de 19 de junio de 2007, dando cumplimiento del auto de 17 de mayo de 2007, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Sala de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, se publica en el Boletín Oficial de Canarias el fallo de la sentencia nº 201/06, de 10 de marzo de 2006, en relación al Procedimiento Ordinario nº 1934/2003, promovido por D. Sergio Medina Ramírez, contra la Resolución de la Dirección General de Personal, de 9 de julio de 2003, que determina el procedimiento para la adecuación de las listas de interinos, sustitutos y demandantes de empleo a las nuevas especialidades de Formación Profesional.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Mediante Resolución de la Dirección General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de 9 de julio de 2003 (B.O.C. nº 143, del posterior 24.7.03), se determinó el procedimiento para la adecuación de las listas de interinos, sustitutos y demandantes de empleo a las nuevas especialidades de Formación Profesional.

Segundo.- El resuelvo tercero de la citada Resolución presentaba el siguiente tenor literal: "El Profesorado interno y sustituto que se encuentre pendiente de obtener la titulación adecuada para impartir las enseñanzas correspondiente a su lista, deberá concluir sus estudios y presentar ante esta Dirección General una fotocopia compulsada del título o del abono de los derechos para su expedición, antes del día 31 de diciembre de 2008; transcurrido este plazo, quienes carezcan de titulación suficiente serán excluidos de las listas".

Tercero.- Dentro del plazo legalmente conferido al efecto, D. Sergio Medina Ramírez interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución referenciada, sosteniendo concretamente la nulidad del indicado resuelvo tercero, impugnación que sustanció ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Las Palmas de Gran Canaria, Procedimiento Ordinario nº 1934/2003.

Cuarto.- Tras el curso de los trámites oportunos el 10 de marzo de 2006, la antedicha Sala emitió sentencia estimatoria de las pretensiones ejercitadas de contrario, declarando la nulidad del resuelvo tercero de la Resolución recurrida.

Quinto.- Por auto de fecha 27 de mayo de 2007, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sede en Las Palmas de Gran Canaria, se resuelven cuestiones relativas a la ejecución forzosa de la sentencia recaída, su parte dispositiva expresa literalmente:

"Ordenar la publicación del fallo de sentencia recaída en el presente recurso en el plazo de diez días, si no se hubiese publicado con anterioridad. Desestimar las restantes peticiones de ejecución forzosa de la sentencia".

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Artº . 107.2 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa dispone expresamente "Si la sentencia anulara total o parcialmente una disposición general o un acto administrativo que afecte a una pluralidad indeterminada de personas, el órgano jurisdiccional ordenará su publicación en Diario Oficial en el plazo de diez días desde la firmeza de la sentencia".

Segundo.- Visto el auto de fecha 17 de mayo de 2007, por el que se resuelve incidente sobre cuestiones relativas a la ejecución forzosa de la referida sentencia.

De acuerdo con todo lo expuesto, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) y demás normativa de general aplicación; y en virtud de las competencias que me otorga el artículo 13 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. de 1.8.06),

R E S U E L V E:

Primero.- Ordenar la publicación del fallo de la sentencia nº 201/2006, de fecha 10 de marzo de 2006, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias de Las Palmas de Gran Canaria, recaída en el Procedimiento Ordinario nº 1934/2003 cuyo tenor literal es el siguiente:

"Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Sergio Medina Ramírez contra la disposición de la que se hace mención en el antecedente de hecho primero de esta sentencia, en el particular impugnado, el que anulamos por considerarlo no ajustado a derecho".

Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 2007.- El Director General de Personal, José Manuel Hernández Borges.

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