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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 1 de Arrecife.
JUICIO: familia. Divorcio contencioso 416/2006.
PARTE DEMANDANTE: Dña. Mónica Llusia Armas.
PARTE DEMANDADA: D. Natalio Ascencio Quispe.
SOBRE: divorcio.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda formulada por la procuradora Dña. Carmen María Hernández Manchado, en representación de Dña. Mónica Llusía Armas, decreto la disolución por divorcio del matrimonio formado por Dña. Mónica Llusía Armas y D. Natalio Ascencio Quispe, acordando las siguientes medidas:
1.- Se atribuye la guarda y custodia de la hija menor a la madre, siendo la patria potestad compartida por ambos progenitores.
2.- Se mantiene la pensión de alimentos con cargo a D. Natalio Ascencio Quispe fijada en la sentencia de 8 de abril de 2005 que acordaba la separación, siendo los gastos extraordinarios de la menor abonados por ambos progenitores por mitad.
No ha lugar a hacer imposición de costas procesales.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 26 de enero de 2007 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia.
En Arrecife, a 5 de julio de 2007.- El/la Secretario Judicial.
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