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BOC Nº 156. Viernes 3 de Agosto de 2007 - 1387

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1387 - Dirección General de Urbanismo.- Resolución de 24 de julio de 2007, por la que se hace público el Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias de 20 de diciembre de 2006, relativo al Plan General de Ordenación de La Orotava en U.A. La Perdoma, U.A. San Miguel, calle Transversal al Camino del Pino, Aguamansa (Cruz de Tea) y San Jerónimo.- Expte. nº 39/05.

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I. ANTECEDENTES

I.- Con fecha 20 de diciembre de 2006, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias acordó aprobar definitivamente, y de forma parcial, la modificación del Plan General de Ordenación de La Orotava, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.2.c) en relación al 46.5.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, respecto a los ámbitos: Prolongación calle Los Laureles, Ámbito 3: calle Transversal a Camino El Pino, Ámbito 4: Cruz de Tea (Aguamansa), debiéndose cumplimentar los condicionantes del Consejo Insular de Aguas.

El acuerdo en su apartado segundo estableció suspender la aprobación definitiva de la Modificación de la UA-La Perdoma 5, Ámbito 2: U.A. San Miguel, en tanto se justifica el interés público que motiva la modificación pretendida en tales suelos.

En su apartado tercero.- Suspender la aprobación de la Modificación del Ámbito 5: San Jerónimo, al objeto de cumplimentar la Evaluación Ambiental prevista en el artículo 7 de la Ley 9/2006 y convalidar los trámites administrativos realizados para su tramitación como Revisión parcial del Plan General de Ordenación.

En su apartado cuarto.- Declarar la innecesariedad de consulta previa a las Administraciones Públicas afectadas, de conformidad con los acuerdos adoptados por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias el 4 de agosto de 2006 y el 10 de noviembre de 2006, así como supeditar la eficacia a la publicación de los acuerdos citados en el Boletín Oficial de Canarias.

En su apartado quinto.- Excluir los ámbitos aprobados del procedimiento de Evaluación Ambiental, conforme deriva de los informes emitidos por el Servicio de Ordenación Urbanísticas con fecha 5 de diciembre de 2006, al no derivarse de tales modificaciones efectos ambientales significativos.

II. Aportada la documentación por la que se subsanan los condicionantes del Consejo Insular de Aguas, se emite informe de la Dirección General de Urbanismo con fecha 27 de abril de 2007 dando por cumplido lo requerido.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar debidamente subsanadas los condicionantes del Consejo Insular de Aguas señaladas en el apartado sexto del acuerdo de la C.O.T.M.A.C. de fecha 20 de diciembre de 2006 y en consecuencia, proceder a su publicación como anexo a la presente Resolución.

Las Palmas de Gran Canaria, a 24 de julio de 2007.- El Director General de Urbanismo, Rafael Castellano Brito.

A N E X O

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 20 de diciembre de 2006, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:

Primero.- Aprobar definitivamente, y de forma parcial, la modificación del Plan General de Ordenación de La Orotava, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43.2.c), en relación al 46.5.a) del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, respecto a los ámbitos: Prolongación calle Los Laureles, Ámbito 3: calle Transversal a Camino El Pino, Ámbito 4: Cruz de Tea (Aguamansa), debiéndose cumplimentar los condicionantes del Consejo Insular de Aguas.

Segundo.- Suspender la aprobación definitiva de la Modificación de la UA-La Perdoma 5, Ámbito 2: U.A. San Miguel, en tanto se justifica el interés público que motiva la modificación pretendida en tales suelos.

Tercero.- Suspender la aprobación de la Modificación del Ámbito 5: San Jerónimo, al objeto de cumplimentar la Evaluación Ambiental prevista en el artículo 7 de la Ley 9/2006 y convalidar los trámites administrativos realizados para su tramitación como Revisión parcial del Plan General de Ordenación.

Cuarto.- Declarar la innecesariedad de consulta previa a las Administraciones Públicas afectadas, de conformidad con los acuerdos adoptados por la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias el 4 de agosto de 2006 y el 10 de noviembre de 2006, así como supeditar la eficacia a la publicación de los acuerdos citados en el Boletín Oficial de Canarias.

Quinto.- Excluir los ámbitos aprobados del procedimiento de Evaluación Ambiental, conforme deriva de los informes emitidos por el Servicio de Ordenación Urbanística con fecha 5 de diciembre de 2006, al no derivarse de tales modificaciones efectos ambientales significativos.

Sexto.- Publicar el presente Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias una vez se emita informe de la Dirección General de Urbanismo acreditativo del cumplimiento de los condicionantes del Consejo Insular de Aguas.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, contado desde el siguiente día al de notificación del presente Acuerdo.

Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; en el artículo 248 del Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, sobre Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias y en el artículo 22 del Decreto 129/2001, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, modificado por Decreto 254/2003, de 2 de septiembre.

La presente notificación se expide a reserva de los términos exactos que resulten de la ratificación del acta correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 18.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, aprobado por Decreto 129/2001, de 11 de junio.- El Secretario de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, p.a., Ana María del Hoyo Mora.

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