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BOC Nº 160. Jueves 9 de Agosto de 2007 - 3224

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de La Palma

3224 - EDICTO de 23 de julio de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de familia. Divorcio contencioso nº 0000409/2006.

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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de La Palma.

JUICIO: familia. Divorcio contencioso 0000409/2006.

PARTE DEMANDANTE: Dña. Nivia Capote Ávila.

PARTE DEMANDADA: D. Joaquín Fernando Buñuel Martínez.

SOBRE: materia.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

"SENTENCIA

En Santa Cruz de La Palma, a 23 de julio de 2007.

Vistos por mí, D. César Romero Pamparacuatro, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Santa Cruz de La Palma y su Partido, los presentes autos de juicio de divorcio contencioso tramitados bajo el nº 409/2006, a instancia de la Procuradora Dña. María Nieves Rodríguez Riverol, en nombre y representación de Dña. Nivia Capote Ávila y bajo la asistencia letrada de D. Julio Gil Pérez, contra D. Joaquín Fernando Buñuel Martínez, declarado en situación de rebeldía procesal, constando suficientemente en las actuaciones las circunstancias personales de todos ellos, dicto la siguiente

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda de divorcio presentada por la Procuradora Dña. María Nieves Rodríguez Riverol, en nombre y representación de Dña. Nivia Capote Ávila contra D. Joaquín Fernando Buñuel Martínez, debo declarar y declaro el divorcio del matrimonio constituido por los cónyuges Dña. Nivia Capote Ávila y D. Joaquín Fernando Buñuel Martínez, contraído el día 12 de mayo de 2000 en la ciudad de La Habana e inscrito en el Registro Civil del Consulado General de España en la ciudad de La Habana, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración, todo ello sin especial pronunciamiento sobre las costas procesales.

Una vez firme esta sentencia, comuníquese al Registro Civil citado donde consta inscrito el matrimonio, a cuyo efecto se librarán lo despachos oportunos.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá ser preparado ante este Juzgado dentro de los cinco días siguientes al de su notificación y resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Así por esta mi sentencia, y juzgando definitivamente en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Doy fe."

En atención al desconocimiento de actual domicilio o residencia de D. Joaquín Fernando Buñuel Martínez, por providencia de 23 de julio de 2007 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Canarias para llevar a efecto la diligencia de notificación de la Sentencia.

En Santa Cruz de La Palma, a 23 de julio de 2007.- El/la Secretario Judicial.

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