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BOC Nº 163. Martes 14 de Agosto de 2007 - 1442

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1442 - Secretaría General Técnica.- Resolución de 13 de agosto de 2007, por la que se delega la competencia para actuar como órgano de contratación en los expedientes de servicios consistentes en "limpieza de las dependencias de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (lote II: Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (Ifara)" y "vigilancia de las dependencias de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información en Santa Cruz de Tenerife (Ifara) 2006-2007", en el Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

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Vistos los expedientes de contratación relativos a los servicios consistentes en la "limpieza de las dependencias de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (lote II: Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (Ifara)" y "vigilancia de las dependencias de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información en Santa Cruz de Tenerife (Ifara) 2006-2007", tramitados por la extinta Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías

Visto el Decreto 206/2007, de 13 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, conforme al cual la Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía encomendadas la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías en el área competencial de telecomunicaciones e implantación de nuevas Tecnologías.

Visto el Decreto 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias, en cuya Disposición Adicional Tercera, apartado j), se suprime la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, cuyas competencias se asumen por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio.

Visto que para lograr una mayor eficacia en la gestión administrativa de dichos expedientes de contratación se hace necesario delegar en el Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio la competencia para actuar como órgano de contratación en los mismos hasta tanto se realicen en las correspondientes secciones presupuestarias las adaptaciones técnicas y las transferencias de créditos precisas para la ejecución y cumplimiento de lo previsto en el citado Decreto 206/2007, de 13 de julio, del Presidente, conforme señala su Disposición Final Primera.

En su virtud, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en el Secretario General Técnico de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio la competencia para actuar como órgano de contratación en los expedientes de servicios consistentes en la "limpieza de las dependencias de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías (lote II: Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información (Ifara)" y "vigilancia de las dependencias de la Dirección General de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información en Santa Cruz de Tenerife (Ifara) 2006-2007", tramitados por la extinta Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Comercio y Nuevas Tecnologías, hasta tanto se realicen en las correspondientes secciones presupuestarias las adaptaciones técnicas y las transferencias de créditos precisas para la ejecución y cumplimiento de lo previsto en el Decreto 206/2007, de 13 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías.

Segundo.- Las Resoluciones que se adopten en el ejercicio de la presente delegación harán constar expresamente esta circunstancia y se consideran dictadas, a todos los efectos, por el órgano delegante.

Tercero.- La presente Resolución se adopta sin perjuicio de las facultades de avocación y revocación que ostenta el órgano delegante de conformidad con la normativa vigente y surtirá efectos al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 13 de agosto de 2007.- La Secretaria General Técnica, p.s., el Jefe de Servicio de Publicaciones (Orden nº 37, de 8.8.07), Fernando Arozena González.

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