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BOC Nº 167. Martes 21 de Agosto de 2007 - 3327

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Cabildo Insular de Lanzarote

3327 - ANUNCIO de 3 de agosto de 2007, sobre notificación de Resolución por la que se acuerda remitir el expediente sancionador por infracción a la legislación de transportes por carretera al órgano jurisdiccional, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48, 49 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

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Providencia de 3 de agosto de 2007, del Secretario General del Cabildo Insular de Lanzarote, sobre notificación de Resolución por la que se acuerde remitir el expediente sancionador por infracción a la legislación de transportes por carretera, que se relaciona al órgano jurisdiccional de conformidad a lo dispuesto en el artº. 48 y 49 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Dando cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 59, apartado 4º, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada parcialmente por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sobre notificación a interesados intentada y no practicada,

D I S P O N G O:

Notificar al interesado que se cita, la Resolución por la que se acuerde remitir el expediente sancionador por infracción a la legislación de transportes por carretera, que se relaciona al órgano jurisdiccional de conformidad a lo dispuesto en el artº. 48 y 49 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Visto el acuerdo del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria, en Resolución de fecha 28 de marzo de 2007, con registro de entrada en estas dependencias el día 9 de abril de 2007.

Que, conforme determina el artº. 48 y artº. 49 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se remita el expediente sancionador de referencia completo, foliado, acompañado de un índice de los documentos que contenga, al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Las Palmas.

Que se notifique la presente Resolución a cuantos aparezcan interesados en el expediente, emplazándoles para que puedan personarse y comparezcan como demandados en el citado Juzgado, en el recurso en cuestión, en el plazo de nueve días debidamente asistidos y representados (artº. 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Lo que le comunico haciéndole saber que contra dicha Resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, o directamente formular recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas o, en su caso, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses computados desde la fecha de notificación de la Resolución. Para el supuesto de interposición de recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente.

El plazo para la interposición del recurso de reposición será de un mes, si el acto fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de tres meses a partir del día en que se produzca el acto presunto. Transcurridos dichos plazos, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el orden jurisdiccional contencioso anteriormente mencionado, sin perjuicio, en su caso, de interponer cualquier otro recurso que estime le asiste en derecho.

EXPEDIENTE SANCIONADOR Nº: GC/30714/O/2005; POBLACIÓN: Madrid; TITULAR/PRESUNTO RESPONSABLE: Business Renting Movilidad en Equipo, S.A.; N.I.F./C.I.F.: A62288428; MATRÍCULA DEL VEHÍCULO DENUNCIADO: 9427-DLB; HECHO INFRACTOR, LUGAR Y FECHA: como consecuencia de la denuncia nº 08272/2005 formulada por el Agente de la Guardia Civil de Tráfico nº D-28700-J, de fecha 14 de octubre de 2005 (11,15,00) en la Vía LZ-40, km 0,100, dirección LZ-2 (donde se hacen constar los hechos que se imputan y que motivan la incoación del presente procedimiento), y de las actuaciones practicadas se aprecia la comisión de una infracción a la normativa reguladora de los transportes terrestres, consistente en realizar actividad de arrendamiento de vehículos sin conductor por plazo superior a un mes, incumpliendo el artº. 48.1.c) de la L.O.T.T. (careciendo de la autorización administrativa correspondiente ASC la empresa arrendadora) y sin exigir del arrendatario entidad Proquimia, S.A. la correspondiente autorización de transporte; PRECEPTOS INFRINGIDOS: artº. 140.3, artº. 48.1.c), artº. 136 y 141.28 de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), artículos 42.1.f) y artº. 178 ROTT; artº. 1 y 22 Orden Ministerial de 20 de julio de 1995, por la que se desarrolla el R.O.T.T. en materia de arrendamiento de vehículos sin conductor; Disposiciones Adicionales Primera y Cuarta del Decreto 159/1996, de 4 de julio, regulador de la actividad y régimen de autorizaciones de empresas de arrendamiento sin conductor; CUANTÍA DE LA SANCIÓN: mil un (1.001) euros; PRECEPTO SANCIONADOR: artº. 143.1.e) de la Ley 16/1987, de 30 de julio (modificada parcialmente por la Ley 29/2003, de 8 de octubre), que la califica de grave.

Arrecife, a 3 de agosto de 2007.- El Secretario General, Francisco Perdomo de Quintana.

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