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BOC Nº 170. Viernes 24 de Agosto de 2007 - 1471

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

1471 - ORDEN de 9 de agosto de 2007, por la que se declara desierta la convocatoria para la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de trabajo denominado Jefe de Sección de Apoyo Jurídico al Restablecimiento de la Realidad Física Alterada, de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, convocado por Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia de 25 de abril de 2007 (B.O.C. nº 89, de 4.5.07).

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Efectuada la convocatoria pública mediante Orden de la Consejería de Presidencia y Justicia, de 25 de abril de 2007 (B.O.C. nº 89, de 4 de mayo) para la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo denominado Jefe de Sección de Apoyo Jurídico a la Ejecución del Restablecimiento de la Realidad Física Alterada, nº R.P.T. 19474, en la Unidad Administrativa de Ejecución del Restablecimiento de la Realidad Física Alterada de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural.

Vistos los informes de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 16 de julio de 2007, en el que se manifiesta que el único aspirante presentado a la presente convocatoria no reúne el requisito de adscripción Cuerpo/Escala exigido para su desempeño en la misma y de la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural, de 6 de agosto, evacuados por sus titulares, conforme dispone el artículo 20 del Decreto 48/1998, de 17 de abril, por el que se regula la provisión de puestos de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Teniendo presentes las circunstancias expuestas, esta Consejería, de acuerdo con la base séptima de la convocatoria, y en uso de la competencia que tiene atribuida por el artículo 29.1.c) de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V E:

Primero.- Declarar desierta la presente convocatoria, al no existir aspirantes que reúnan los requisitos exigidos en la misma.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, o ante el Juzgado del mismo orden en cuya circunscripción tenga el domicilio el demandante, a su elección, o bien a criterio del interesado, interponer en vía administrativa recurso potestativo de reposición ante esta Consejería en el plazo de un mes a partir del día siguiente a que tenga lugar su publicación en los términos previstos los artículos 116 y 117, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Las Palmas de Gran Canaria, a 9 de agosto de 2007.

EL CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE

Y ORDENACIÓN TERRITORIAL,

Domingo Berriel Martínez.

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