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BOC Nº 176. Lunes 3 de Septiembre de 2007 - 3467

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3467 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 21 de agosto de 2007, de la Dirección, relativo a notificación de resolución de justificación de la subvención concedida a la entidad La Bóveda Asesoramiento y Gestión en Arquitectura, S.L.L.

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Habiendo sido intentada la notificación de la citada Resolución de justificación en el domicilio que figura en el expediente incoado por el Servicio Canario de Empleo, sin que haya sido recibida por el interesado, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a La Bóveda Asesoramiento y Gestión en Arquitectura, S.L.L., de la resolución nº 07-38/1819, de fecha 6 de julio de 2007, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Visto el expediente de referencia, incoado a instancia de D. Juan Carlos Hernández Mendoza en calidad de Administrador Solidario y en representación de la entidad "La Bóveda Asesoramiento y Gestión en Arquitectura, S.L.L."

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Que por Resolución nº 04-38/1813 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 5 de julio de 2004 se concedió a la citada entidad una subvención para la incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de las previstas en el artº. 2.1 (incorporación de desempleados como socios trabajadores o socios de trabajo a cooperativas y sociedades laborales), de la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 34, de 9.2.04, corrección de errores en B.O.E. nº 65, de 16.3.04), por importe de diez mil quinientos (10.500,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2004.23.01.322I.470.21 L.A./P.I. 23400601, denominación Desarrollo de la Economía Social.

Segundo.- Asimismo la entidad beneficiaria venía obligada a justificar la utilización de los fondos públicos en la realización de la actividad objeto de la subvención mediante la aportación de la documentación reseñada en el resuelvo tercero de la citada Resolución y en los mismos términos en el artº. 10, de la Orden TAS/216/2004, de 20 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales (B.O.E. nº 34, de 9.2.04, corrección de errores en B.O.E. nº 65, de 16.3.04).

Tercero.- Que la entidad aportó la documentación exigida, considerándose convenientemente justificada la subvención por el centro Gestor e informada favorablemente por la Intervención Delegada en el SCE mediante escrito de 22 de junio de 2007 y nº 1896.

A los citados hechos le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Que el Servicio Canario de Empleo es competente en la tramitación y dictado de la presente Resolución, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 155/2002, de 24 de octubre, por el que se modifica el Decreto 150/2001, de 23 de julio, que modifica los decretos de adaptación de los procedimientos de concesión de determinadas subvenciones por el SCE y se establecen normas procedimentales.

Segundo.- Examinada la documentación presentada y a la vista de los informes de la Intervención delegada y del centro Gestor procede declarar justificada totalmente la subvención de referencia, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 arriba mencionado.

R E S U E L V O:

Único.- Declarar justificada totalmente la subvención concedida a la entidad "La Bóveda Asesoramiento y Gestión en Arquitectura, S.L.L." mediante Resolución nº 04-38/1813 dictada por la Dirección del Servicio Canario de Empleo de fecha 5 de julio de 2004, sin perjuicio de las actuaciones de comprobación previstas en el artículo 17 del Decreto 150/2001 antes mencionado.

Notificar esta Resolución al interesado en el expediente respectivo con la indicación de que contra la misma, al no poner fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo previsto en los artículos 114 y 115 en relación con el artº. 48.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99), sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.- La Dirección, p.d. 118/2004, de 29 de julio de 2004.- El Secretario General, Emiliano Santana Ruiz. Este acto administrativo ha sido propuesto en Santa Cruz de Tenerife, a 6 de julio de 2007 por el Subdirector de Promoción de la Economía Social, David Carlos Gómez Prieto. Lo que notifico a Vd., en cumplimiento a lo establecido en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.- Subdirector de Promoción de la Economía Social, David Carlos Gómez Prieto".

Santa Cruz de Tenerife, a 21 de agosto de 2007.- El Director, p.s., el Secretario General [artº. 8.3.A) del Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y funcionamiento del Servicio Canario de Empleo], Emiliano Santana Ruiz.

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