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BOC Nº 186. Lunes 17 de Septiembre de 2007 - 1572

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1572 - ORDEN de 5 de septiembre de 2007, por la que se efectúa convocatoria para el año 2007 para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica en base a la Orden de 11 de octubre de 2006, que aprueba las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

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Examinado el expediente tramitado por la Dirección General de Energía, por el que se efectúa convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

Vista la iniciativa formulada por el Director General de Energía, a propuesta de la Secretaría General Técnica.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- En el marco de las actuaciones del Gobierno Estatal en materia de ahorro, diversificación energética y respeto al medioambiente, encaminadas a cumplir los compromisos internacionales en estas materias, el Consejo de Ministros de fecha 26 de agosto de 2005, aprobó el Plan de Energías Renovables (PER) 2005-2010. El referido Plan establece actuaciones concretas en los sectores con un mayor potencial, que requieren de mayor urgencia en su implantación y un mayor apoyo para conseguir los objetivos previstos.

Segundo.- Para el desarrollo del referido Plan en el ámbito de esta Comunidad Autónoma se ha firmado con fecha 27 de abril de 2007, un convenio de colaboración con el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), para la definición y puesta en práctica de las actuaciones de apoyo público contempladas en el mismo, que se concretarán en programas de ayuda pública e inversión en nuevos proyectos de aprovechamiento energético entre los cuales figura: Solar térmica de baja temperatura.

Tercero.- Según la cláusula segunda del citado convenio, el desarrollo de los programas, preparación y convocatoria de bases reguladoras, gestión, tramitación y valoración técnica de expedientes, resolución de las ayudas, certificación y pago de las mismas, incluyendo el régimen de control, reintegro y sancionador, será llevado a cabo y gestionado por esta Comunidad Autónoma, conforme a la normativa que le sea de aplicación y los condicionantes establecidos, contando para ello con la aportación financiera del IDAE.

Cuarto.- Con fecha 5 de julio de 2007, el IDAE aprobó el Plan de Trabajo en el que se contemplan las actuaciones a realizar por la Comunidad Autónoma durante el ejercicio 2007, entre las que figura un programa de apoyos públicos para la implantación de sistemas de energía solar para calentamiento de un fluido a partir de la captación de la radiación solar en base a la Orden de 11 de octubre de 2006, por la que se aprueban las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

Quinto.- Con fecha 9 de agosto de 2007, la Dirección General de Asuntos con la Unión Europea ha emitido informe favorable.

Sexto.- Con fecha 14 de agosto de 2007, la Intervención Delegada de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio ha emitido informe favorable de fiscalización.

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- El artículo 10.2 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 100/2000, de 12 de junio, indica que para los futuros ejercicios presupuestarios se publicará anualmente en el Boletín Oficial de Canarias la correspondiente Resolución fijando el plazo de presentación de solicitudes.

Segunda.- Existe dotación presupuestaria adecuada y suficiente, en la aplicación presupuestaria 15.03.731B.780.00, proyecto de inversión 06.7151.21 denominado "Plan Energías Renovables IDAE".

Tercera.- El artículo 10.4 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificado parcialmente por el Decreto 103/2000, de 12 de junio, le atribuye la competencia para efectuar las convocatorias a los titulares de los Departamentos.

En su virtud, en uso de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar mediante concurso para el ejercicio 2007, la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica, en el marco de la Orden de 11 de octubre de 2006, por la que se aprueban las bases que rigen la convocatoria para la concesión de subvenciones destinadas a instalaciones de energía solar térmica.

Segundo.- Establecer como plazo de presentación de solicitudes el de 30 días naturales contados a partir del siguiente al de publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- El importe de los créditos disponibles para atender las solicitudes presentadas durante el presente ejercicio es de 1.704.760 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 15.03.731B.780.00, proyecto de inversión 06.7151.21 denominado "Plan Energías Renovables IDAE".

A dichos importes, con anterioridad a la Resolución de la convocatoria, se les podrán añadir los créditos que como consecuencia de la propia gestión del programa se precisen, vía modificación de crédito o por incremento de la dotación inicialmente asignada en función del presupuesto consignado en el proyecto, y que serán utilizados para atender las solicitudes de subvención que se presenten, o bien las que figuren en las listas de reserva a que se hace referencia en la base 19 del anexo I.

Cuarto.- Facultar al Director General de Energía para dictar las instrucciones que sean necesarias para la mejor interpretación, desarrollo y ejecución de la presente Orden.

Quinto.- Para lo no previsto en la presente Orden, se estará a lo dispuesto en la normativa autonómica reguladora de subvenciones y en especial al Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, ante el Consejero de Empleo, Industria y Comercio, en el plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente a su publicación; o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Las Palmas, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación; significándole que en el caso de presentar recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa del recurso de reposición o hasta que se produzca la desestimación presunta del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de septiembre de 2007.

EL CONSEJERO DE EMPLEO,

INDUSTRIA Y COMERCIO,

Jorge Marín Rodríguez Díaz.

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