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BOC Nº 190. Viernes 21 de Septiembre de 2007 - 3705

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

3705 - Servicio Canario de Empleo.- Anuncio de 11 de septiembre de 2007, de requerimiento de documentación a Dña. Omaira Alonso Armas, relativo a justificación de subvención concedida de las previstas en el programa Promoción del empleo autónomo.- Expte. nº 03-38/00870 (subv. renta subsistencia-autónomo).

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Intentada, sin que se haya podido practicar, la notificación de requerimiento citado en el domicilio señalado a tales efectos por el interesado y mediante inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio, se procede, conforme a lo establecido en el artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y mediante la publicación del presente anuncio, a la notificación a Dña. Omaira Alonso Armas de requerimiento de documentación relativo a justificación de subvención concedida de las previstas en el programa "Promoción del empleo autónomo", de fecha 24 de abril de 2007, con número de registro de salida 305074/28025, cuyo tenor literal es el siguiente:

"Asunto: requerimiento para justificación de subvención.

En relación con la subvención de renta de subsistencia concedida a Dña. Omaira Alonso Armas, con N.I.F. 78612367-T, mediante Resolución del Servicio Canario de Empleo nº 05-38/0803, de fecha 6 de mayo de 2005, de las previstas en el programa III: Promoción del empleo autónomo de la Orden de 22 de marzo de 1994 (B.O.E. de 12 de abril), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas y subvenciones del programa "Promoción del empleo autónomo" reguladas en la Orden de 21 de febrero de 1986 (B.O.E. de 27 de febrero), cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Canarias por Real Decreto 150/1999, de 29 de enero (B.O.E. de 17 de febrero), modificado por Real Decreto 939/1999, de 4 de junio (B.O.E. de 25 de junio) y atribuida al Servicio Canario de Empleo mediante Decreto 150/2001, de 23 de julio (B.O.C. de 3 de agosto) y 155/2002, de 24 de octubre (B.O.C. de 15 de noviembre), en relación con la Ley 12/2003, de 4 de abril, se le informa de que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado cuarto del artículo único de la citada Orden de 22 de marzo de 1994, como en la propia Resolución de concesión, los beneficiarios de las subvenciones están obligados a realizar la actividad que fundamentó la concesión durante el plazo de, al menos, tres años desde su constitución como trabajadora autónoma (fecha de alta de trabajadora autónoma: 1 de enero de 2004).

Por lo expuesto y debido a que ya ha vencido el plazo, se le requiere para que, en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción del presente escrito, presente en el Servicio Canario de Empleo original y dos fotocopias para su compulsa de la siguiente documentación: Certificación expedida por el organismo competente acreditativo de que la interesada se encuentra al corriente en sus obligaciones con la Seguridad Social.

Se le advierte de que de no presentar la documentación requerida y transcurrido el plazo establecido, se procederá al inicio de un procedimiento de reintegro conforme a lo dispuesto en el apartado séptimo de la Orden de 22 de marzo de 1994, en relación con el Título II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Santa Cruz de Tenerife, a 24 de abril de 2007.- La Subdirectora de Empleo, María Teresa Covisa Rubia."

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Santa Cruz de Tenerife, a 11 de septiembre de 2007.- El Director, p.s., el Secretario General [artº. 8.3.a) del Decreto 118/2004, de 29 de julio], Emiliano Santana Ruiz.

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