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BOC Nº 191. Lunes 24 de Septiembre de 2007 - 1595

II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Oposiciones y concursos - Diputado del Común

1595 - RESOLUCIÓN de 14 de septiembre de 2007, por la que se corrige la Resolución de 31 de agosto de 2007, que convoca pruebas selectivas para la provisión, con carácter interino, de dos plazas de Administrativo, por el procedimiento de oposición (B.O.C. nº 184, de 13.9.07).

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Habiendo sido advertido error en la Resolución del Diputado del Común, de fecha 31 de agosto de 2007 (B.O.C. nº 184, de 13.9.07), por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, con carácter interino, de dos plazas de Administrativo, por el procedimiento de oposición, por cuanto en la misma no se hace constar el destino de las plazas que son objeto de convocatoria.

Visto lo dispuesto en el artículo 105 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que faculta a las Administraciones Públicas para corregir en cualquier momento errores materiales o de hecho, por la presente

R E S U E L V O:

Corregir error en la base primera, Objeto de la convocatoria y régimen jurídico, apartado a); de las bases contenidas en el RESUELVO de la Resolución de 31 de agosto de 2007, en el siguiente sentido:

Donde dice: "a) Es objeto de la presente convocatoria la provisión, con carácter interino por el sistema de oposición de dos plazas de Administrativo, al encontrarse sus titulares en situación administrativa de servicios especiales, con derecho a reserva de plaza."

Debe decir: "a) Es objeto de la presente convocatoria la provisión, con carácter interino por el sistema de oposición de dos plazas de Administrativo, con destino en Las Palmas de Gran Canaria, al encontrarse sus titulares en situación administrativa de servicios especiales, con derecho a reserva de plaza."

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, si bien de presentarse recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que no sea resuelto expresamente o se hubiese producido la desestimación presunta del recurso potestativo de reposición, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan presentar los recursos que estimen procedentes.

Santa Cruz de La Palma, a 14 de septiembre de 2007.- El Diputado del Común, Manuel Alcaide Alonso.

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