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BOC Nº 192. Martes 25 de Septiembre de 2007 - 1603

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1603 - ORDEN de 9 de septiembre de 2007, por la que se delega en la Presidenta del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias la competencia en materia de autorización de ampliaciones de crédito que amparen gastos de personal en dicho Organismo Autónomo.

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El artº. 24.c) de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007, atribuye a los titulares de los Departamentos la competencia para la autorización de las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal conforme a lo establecido en el artº. 36.2, aparados a), b) salvo que venga impuesto por resolución judicial firme y d) de la Ley 7/1984, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, modificada por la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, y anexo I de la propia Ley 12/2006, apartados 1.a), 1.b) 1.c) y 2.

El artº. 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y el 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, posibilitan la delegación de competencias en el Órgano que, por aplicación del principio de eficacia, sea más idóneo.

Circunstancias de índole técnica aconsejan delegar, en la Presidenta del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, la competencia a que se refiere el artº. 24.c) de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007, con el objeto de agilizar y alcanzar una mayor eficacia en la gestión presupuestaria de dicho Organismo Autónomo.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar en la Presidenta del Instituto Canario de Investigaciones Agrarias, la competencia para autorizar las ampliaciones de créditos que amparen gastos de personal en dicho Organismo Autónomo a que se refiere el artº. 24.c) de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007.

Segundo.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten en el ejercicio de la competencia delegada por la presente Orden, harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas a todos los efectos por su titular.

Cuarto.- La delegación a la que se refiere la presente Orden, surtirá sus efectos durante el ejercicio presupuestario de 2007, sin perjuicio de las facultades de renovación y avocación que podrán ser ejercidas en cualquier momento.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de septiembre de 2007.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,

María del Pilar Merino Troncoso.

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