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No habiendo podido notificar personalmente la resolución que a continuaciónse transcribe a las personas que, igualmente, se señalan, de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a su notificación por publicación en el Boletín Oficial de Canarias y en el tablón de anuncios del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de San Bartolomé de Tirajana, por plazo de treinta días.
Ver anexos - páginas 22436-22438
Resolución: figurando usted como solicitante de Vivienda de Protección Oficial de Promoción Pública de arrendamiento, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, y siendo necesaria la actualización de datos contenidos en su solicitud, al objeto de realizar la baremación de la misma dentro del procedimiento de adjudicación de la promoción: 28 Viviendas Castillo del Romeral, expediente GC-18/98, por la presente se le requiere para que en el plazo de treinta (30) días, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución, aporte usted la documentación que a continuación se relaciona en el Registro General del Ilustre Ayuntamiento de la Villa de San Bartolomé de Tirajana, apercibiéndosele que, en caso contrario, se procederá a la exclusión de la antedicha solicitud para la referida promoción, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 10.1 del Decreto 194/1994, de 30 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Comunidad Autónoma de Canarias en régimen de arrendamiento.Documentación que se requiere:
- Fotocopia del D.N.I. de cada uno de los miembros de la unidad familiar (actualizado).
- Fotocopia del Libro de Familia donde estén inscritos todos los miembros de la unidad familiar.
- Título de familia numerosa actualizado.
- Sentencia firme de separación matrimonial y convenio regulador.
- Documentación acreditativa de no percibir pensión por manutención: denuncia policial, ...
- Certificado de escolaridad de cada uno de los menores.
- Contrato de trabajo o licencia fiscal (autónomo), en el que se acredite la localización del puesto de trabajo.
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2001, o en su defecto, certificación negativa.
- Vida Laboral de los miembros de la unidad familiar, mayores de 16 años.
Deberán justificar ingresos todos los miembros de la unidad familiar a partir de 16 años (año 2001).
- Ingresos brutos percibidos durante el año 2001.
- Trabajos por cuenta ajena: fotocopia de las nóminas o certificado de haberes expedido por la empresa.
- Trabajos por cuenta propia: bases de cotización a la Seguridad Social, pagos trimestrales a Hacienda.
- Trabajos sin legalizar: declaración jurada indicando cantidad y conceptos.
- Certificado acreditativo de cobro del desempleo mes a mes, o en su defecto certificación negativa, del año 2001.
- Certificado de jubilación, invalidez, viudedad, orfandad, pensión no contributiva, asistencia social, prestación familiar por hijo a cargo (en caso de no recibirla, certificación negativa), o cualquier otra situación en que se perciba prestación económica periódica, expedida por el organismo oficial correspondiente año 2001.
- Sentencia firme de desahucio judicial o administrativo no imputable al interesado o delegación firme por vía judicial de la prórroga legal de arrendamiento.
- Justificante de ocupar alojamiento provisional como consecuencia de una operación de remodelación, u otra emergencia.
- Justificante de estar acogido en establecimiento de beneficencia reconocido, o instituciones similares, debiendo acreditarse el tiempo en tal circunstancia.
- Certificación de discapacidad, expedida en la Dirección General de Bienestar Social de la Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda, de algún miembro de la unidad familiar en el que conste si precisa eliminación de barreras que afecte a la movilidad y/o comunicación. Así como, certificado de tipo de adaptación necesaria.
- Contrato de arrendamiento en las viviendas que haya residido en régimen de alquiler desde el año 1992 hasta el año 2001, ambos inclusive, y recibos de enero a diciembre de 2001.
· Si se careciese de estos documentos, declaración jurada del propietario indicando período que estuvo en las viviendas y renta abonada, aportando, a su vez, el Certificado Catastral del propietario y fotocopia del D.N.I. del mismo.
- Declaración jurada de necesidad de vivienda 10 años anteriores al 2001, fecha de la promoción, especificando domicilios, fechas de alta y baja, situaciones padecidas, condiciones de la vivienda, régimen de tenencia y personas con las que convivía, ...
- Escrituras, documentos públicos o privados del patrimonio que posean o en su defecto certificación negativa de bienes catastrales (mayores de 18 años).
- En caso de optar al cupo de emigrantes, además de la documentación relacionada anteriormente según su situación, tiene que aportar: certificado de los años de residencia en el extranjero y del tiempo que hace que retornó, expedido por el Servicio de Emigración, baja consular y fotocopia completa del pasaporte de cada uno de los miembros de la unidad familiar.
Nota: toda la documentación deberá presentarse por duplicado.
San Bartolomé de Tirajana, a 9 de agosto de 2007.-La Alcaldesa, María del Pino Torres Melián.
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