Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 208. Jueves 18 de Octubre de 2007 - 1708

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

1708 - DECRETO 378/2007, de 16 de octubre, por el que se concede el título de "Histórica" a la Villa de Adeje.

Descargar en formato pdf

El Ilustre Ayuntamiento de Adeje, en sesión plenaria ordinaria celebrada el día 10 de noviembre de 2005, acordó solicitar al Gobierno de Canarias la concesión del título de "Histórica" para la Villa, teniendo por antecedentes de su petición la memoria en la que se acreditan las razones históricas, culturales y sociales que justifican tal propuesta, y que son las siguientes:

"La importancia histórica de la Villa de Adeje es indiscutible. Con anterioridad a la conquista de la isla de Tenerife, todos los historiadores coinciden en señalar la existencia de una primitiva organización política guanche, que abarcaba todo el territorio insular, y cuyo rey residía en Adeje. El menceyato de Adeje, cuando la isla se dividió en nueve reinos, supuso un importante asiento de la comunidad aborigen. El último mencey, que tras su bautizo se llamó don Diego de Adeje, firmó la paz con los castellanos y es el único del que se tiene constancia que vivió en Tenerife después de la conquista, pues se le concedieron tierras y dejó amplia descendencia en Adeje.

A partir de 1496, se inicia el período de colonización con los repartimientos de tierras o datas concedidos por Alonso Fernández de Lugo en esta jurisdicción, esto motivó el establecimiento de un pequeño grupo de viviendas en torno al río de Adeje, donde hoy se asienta el actual pueblo. Este grupo de vecinos promovería que se construyeran las primeras ermitas a lo largo del siglo XVI. Hay constancia documental de que en 1530 existía una ermita en Adeje y otra en Taucho y más tarde la de Nuestra Señora de la Encarnación de la Enramada y otra en la Concepción, creándose por Real Cédula el Beneficio de Adeje el 10 de abril de 1560, constituyéndose así oficialmente la parroquia de Adeje, lo que supone que este lugar se convierta en la única entidad poblacional de cierta importancia del sur de Tenerife.

Pero es don Pedro de Ponte y Vergara, de origen genovés, regidor perpetuo de Tenerife, quien contribuyó al desarrollo de Adeje, fundando con su esposa Doña Catalina de Las Cuevas el mayorazgo de Adeje el 15 de septiembre de 1567. A él se debe igualmente la construcción de la Casa Fuerte en torno a 1556, de la que fue nombrado alcaide perpetuo con carácter hereditario.

La autorización para la construcción de la Casa Fuerte fue dada en Valladolid por Real Cédula el 2 de mayo de 1555, tras solicitarla Pedro de Ponte por no disponer Adeje de medios de defensa ante los sucesivos ataques de piratas, obteniendo el 1 de septiembre de 1553 declaración favorable sobre la conveniencia de construir un castillo en esa zona.

Una vez construida la Casa Fuerte, Pedro de Ponte solicitó a la Corona en 1558 el señorío jurisdiccional para Adeje, que le fue denegado, ante la tenaz oposición de los vecinos y del Cabildo de la Isla de Tenerife, señorío que más tarde conseguiría Juan Bautista de Ponte y Pagés, quinto poseedor del mayorazgo y alcaidía de la Casa Fuerte, que logró culminar las aspiraciones de su tatarabuelo don Pedro y obtuvo del rey Felipe IV por Real Cédula fechada en Madrid el 21 de noviembre de 1655, la jurisdicción del lugar y el privilegio de inmunidad contra las actuaciones del corregidor y del Cabildo.

Asimismo, se concede el título de Villa de Adeje, con los mismos privilegios que gozaban otras villas. Se le dio facultad al señor para nombrar alcalde mayor y ordinario, regidores, jurados, escribanos, alguaciles, guardas y los ministros de justicia que estimase necesarios, además controlaba la autoridad militar, que jugaría un importante papel en la defensa de las costas del sur de Tenerife.

En 1666, Carlos II concede el título de Marqués de Adeje, con carácter sucesorio a don Juan Bautista de Ponte, en atención a la calidad de los servicios prestados a la corona...

Su hija y sucesora, doña Mariana de Ponte y Castillo, casa con don Diego de Herrera, Conde de La Gomera y Señor de El Hierro, de cuyo matrimonio nace don Juan Bautista de Herrera Ayala, a partir del cual los títulos de Marqués de Adeje, Conde de la Gomera y Señor de El Hierro van a tener un único poseedor, que residirá hasta 1766 en la Casa Fuerte de Adeje, pues la falta de sucesión determinó que los títulos y las rentas pasaran a los marqueses de Bélgida, residentes en Madrid.

La presencia de la familia Ponte-Herrera va a tener importantes consecuencias políticas, económicas y sociales para la Villa de Adeje, pues la buena gestión del Señorío favoreció la economía local y su población, dependiente en su mayor parte de la Casa Fuerte, continuó en ascenso, sustentándose este crecimiento en la gran riqueza agrícola y pecuaria del Señorío, cuyos propietarios invertían parte de sus rentas en actividades productivas, como la mejora de la red de riegos, el aumento de la superficie cultivada y en todas las actividades relacionadas con el ingenio de azúcar, que estuvo en funcionamiento hasta el siglo XIX.

....

La Casa Fuerte, declarada Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento y la protección de su entorno, denotan la importancia histórica que esta fortaleza y casa señorial ostentó como centro político, económico y social durante cuatrocientos años, asimismo como el destacado papel que jugó en la defensa de las costas del sur frente a los ataques de los corsarios, convirtiéndose en un símbolo para la Villa de Adeje...

Durante el siglo XIX, la Villa de Adeje va a sufrir cambios políticos, con la incorporación de los señoríos jurisdiccionales a la nación en 1811, eliminando definitivamente el régimen señorial, eligiendo a partir de este momento los vecinos a sus autoridades, a raíz de la creación de los primeros ayuntamientos constitucionales...".

Tramitado el expediente según lo prescrito en el Decreto 123/1990, de 29 de junio, por el que se regula el procedimiento a seguir para la aprobación, por la Comunidad Autónoma de Canarias, de escudos heráldicos, blasones y banderas de las islas y municipios del Archipiélago y de conformidad con el artículo único de la Orden de 15 de noviembre de 1990; y habiendo recaído informe favorable de la Comisión de Heráldica en sesión de 18 de octubre de 2006.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 16 de octubre de 2007,

D I S P O N G O:

Conceder el título de "Histórica" a la Villa de Adeje.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de octubre de 2007.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Paulino Rivero Baute.

EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA,

JUSTICIA Y SEGURIDAD,

José Miguel Ruano León.

© Gobierno de Canarias