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BOC Nº 208. Jueves 18 de Octubre de 2007 - 4075

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial

4075 - Dirección General de Ordenación del Territorio.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 23 de julio de 2007, que aprueba inicialmente el Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira (C-24) en los términos municipales de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y Telde, en la isla de Gran Canaria y toma conocimiento del correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental.

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Habiéndose aprobado inicialmente y tomando conocimiento del correspondiente Informe de Sostenibilidad Ambiental del Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira (C-24) en los términos municipales de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y Telde, en la isla de Gran Canaria, mediante Resolución del Director General de Ordenación del Territorio de fecha 23 de julio de 2007, se suspende el otorgamiento de licencias urbanísticas, a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias y por el plazo máximo de un año, en las áreas interiores a las zonas definidas por el Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira.

En todo caso, sólo se podrán tramitar y otorgar licencias a los proyectos ajustados al régimen vigente en el momento de su solicitud, siempre que dicho régimen no haya sido alterado por las determinaciones propuestas en el documento de aprobación inicial del Plan Especial del Paisaje Protegido que se tramita o, habiendo sido alterado, las determinaciones aprobadas inicialmente sean menos restrictivas o limitativas que las de la normativa en vigor.

Asimismo se somete a información pública, por plazo de 45 días, contados a partir del día siguiente al de su publicación, simultáneamente el Informe de Sostenibilidad Ambiental y el documento de Aprobación Inicial del Plan Especial del Paisaje Protegido de Tafira (C-24), mediante inserción del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias y en uno de los diarios de mayor difusión de la provincia; estando el expediente de manifiesto de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, en la Dirección General de Ordenación del Territorio, en la calle Profesor Agustín Millares Carlo, 18, Edificio de Servicios Múltiples II, 4ª planta, en las Palmas de Gran Canaria. También se expondrá al público en el Cabildo de Gran Canaria y en los Ayuntamientos de Las Palmas de Gran Canaria, Santa Brígida y Telde.

Asimismo el documento elaborado estará disponible en la página web del Gobierno de Canarias: https://www.gobiernodecanarias.org/cmayott

Contra el presente acto, por ser de trámite, no cabe recurso alguno, pudiendo no obstante interponer el que se considere oportuno si se entendiese que se dan algunos de los supuestos excepcionales establecidos en el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a excepción de la suspensión de licencias urbanísticas, respecto de la que cabrá interponer recurso de alzada, ante el Viceconsejero de Ordenación del Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación, según establece el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999, que modifica la anterior, y contra su desestimación expresa se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, dentro del plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; también cabrá interponer recurso contencioso-administrativo contra la desestimación presunta, por silencio administrativo, que se entenderá así, si transcurridos tres meses desde la interposición del recurso de alzada, no hubiera recaído resolución alguna, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se estime procedente.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de julio de 2007.- El Director General de Ordenación del Territorio, Miguel Ángel Pulido Rodríguez.

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