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BOC Nº 222. Martes 6 de Noviembre de 2007 - 1841

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1841 - Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 26 de octubre de 2007, del Director, por la que se acuerda la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por convocatoria realizada mediante Resolución de 31 de julio de 2007, del Presidente, que aprueba las bases que han de regir en la concesión de subvenciones con destino al desarrollo de proyectos de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla durante el período 2007-2009 y se efectúa convocatoria (PROEXC).

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Por Resolución del Presidente del Servicio Canario de Empleo de 31 de julio de 2007, se aprueban las bases que han de regir en la concesión de subvenciones con destino al desarrollo de proyectos de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla durante el período 2007-2009 y se efectúa convocatoria (PROEXC) (B.O.C. nº 163, de 14 de agosto).

El apartado tercero de la base decimocuarta de la precitada Resolución establece que "El plazo para dictar la resolución del procedimiento de concesión será de tres meses contados a partir del día en que terminó el plazo de presentación de solicitudes. Si transcurrido dicho plazo no hubiera recaído resolución expresa, se podrán entender desestimadas las mismas, sin perjuicio de la obligación de resolver".

Con el objeto de cumplir con este plazo, teniendo en cuenta lo avanzado del ejercicio presupuestario, los distintos trámites administrativos necesarios para la resolución del expediente, así como, razones de interés público en cuanto a la necesidad de iniciar, lo antes posible, los proyectos de las entidades que resulten beneficiarias de la citada subvención, es por lo que se acuerda la aplicación al procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 31 de julio de 2007, para el desarrollo de proyectos de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla durante el período 2007-2009, la tramitación de urgencia, reduciendo a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos.

Establece el artículo 50 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (B.O.E. nº 12, de 14.1.99) que "1. Cuando razones de interés público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición del interesado, la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. 2. No cabrá recurso alguno contra el acuerdo que declare la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento".

En el apartado cuarto de la citada Resolución de 31 de julio de 2007 se resuelve "Delegar en el Director del Servicio Canario de Empleo la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones objeto de la presente Resolución y otorgarle la facultad para dictar cuantas Resoluciones se precisen en aplicación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley Territorial 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como en el artículo 13.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

En su virtud y, en uso de las competencias que tengo legal y reglamentariamente atribuidas y en concordancia con las demás de preceptiva aplicación,

R E S U E L V O:

Primero.- Acordar la aplicación de la tramitación de urgencia al procedimiento administrativo iniciado por Resolución de 31 de julio de 2007, del Presidente, por la que se aprueban las bases que han de regir en la concesión de subvenciones con destino al desarrollo de proyectos de inserción laboral de personas en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla durante el período 2007-2009 y se efectúa convocatoria (PROEXC).

Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, con la indicación de que contra la misma no cabe recurso alguno, según el artº. 50.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 2007.- El Director, Alberto Génova Galván.

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