Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 227. Martes 13 de Noviembre de 2007 - 4444

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

4444 - ANUNCIO de 5 de octubre de 2007, por el que se notifica a Dña. Inmaculada Sáinz Palacios, Profesora Titular de esta Universidad, la Resolución de 10 de agosto de 2007 que resuelve la solicitud de 18 de mayo de 2007.

Descargar en formato pdf

Con fecha 10 de agosto de 2007, fue dictada Resolución por la que se resolvió la solicitud de 18 de mayo del mismo año formulada por Dña. Inmaculada Sáinz Palacios. Habiéndose intentado hasta en dos ocasiones la notificación de la indicada Resolución a la interesada sin que la misma haya podido practicarse, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la notificación mediante la inserción de su contenido íntegro en el Boletín Oficial de Canarias.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Notificar, mediante su inserción en el Boletín Oficial de Canarias, la Resolución de este Órgano de 10 de agosto de 2007, por la que se resolvió la solicitud de 18 de mayo del mismo año formulada por Dña. Inmaculada Sáinz Palacios, haciéndole saber que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, o bien recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, computándose ambos plazos desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, y sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que estime conveniente.

La indicada Resolución es del siguiente tenor literal:

"Resolución de 10 de agosto de 2007, del Rector, que resuelve solicitud de 18 de mayo de 2007, de Dña. Inmaculada Sáinz Palacios.

ANTECEDENTES

Único.- Con fecha 18 de mayo de 2007 ha tenido entrada en Registro General escrito de la misma fecha presentado por Dña. Inmaculada Sáinz Palacios, Profesora Titular de Filosofía del Derecho adscrita al Departamento de Ciencias Jurídicas Básicas.

En el mismo, tras hacer las oportunas alegaciones, solicita que "se ajusten las calificaciones" de diversos alumnos que menciona en el escrito, que "se investigue la veracidad" de la realización por otro alumno de examen en la convocatoria de septiembre, que se anule, en su caso, el título obtenido por otro alumno y, finalmente, que se le indemnice "por las consecuencias que todo ello ha tenido en el ejercicio de mi profesión".

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

I.- La interesada ha presentado diversos recursos judiciales contra esta Universidad. Se encuentran ahora en trámite los siguientes: en primer lugar, el P.A. 411/2005, que se sustancia ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de esta ciudad y que se dirige contra la "Resolución de 31 de marzo de 2005, del Rector, que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de 12 de noviembre de 2004 que puso fin al expediente sancionador". La fecha de vista está señalada para el 13 de diciembre de 2007.

En segundo lugar, tenemos el P.A. 458/2006, que se encuentra en trámite en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de esta capital, mediante el cual se impugna la "Desestimación presunta de la solicitud planteada el 2 de diciembre de 2005 frente al Excmo. Vicerrector de Estudiantes de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por la que se solicitaba la nulidad del Tribunal Especial para la evaluación y calificación de sus alumnos en las materias de Derecho Natural y Filosofía del Derecho". La fecha de vista está señalada para el 9 de abril de 2008.

Por otro lado, la interesada también interpuso el P.O. 816/2005 ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de esta ciudad, impugnando la "Resolución de 1 de septiembre de 2005, del Rector, que deniega la solicitud de responsabilidad patrimonial". El Auto de 4 de mayo de 2006, ya firme, declaró terminado el procedimiento como consecuencia del desistimiento de la recurrente.

II.- La lectura del escrito presentado por la profesora Sáinz Palacios permite comprobar que la mayor parte de sus alegaciones hacen referencia a los exámenes y calificaciones de diversos alumnos de la Licenciatura de Derecho, si bien entremezcla manifestaciones que parecen aludir al expediente disciplinario por el que la interesada resultó sancionada. Finalmente, sin argumentos ni explicación de ningún tipo en cuanto a la procedencia de su solicitud, reclama que se la indemnice por unos hechos que no concreta, lo cual ha de entenderse como una exigencia de responsabilidad patrimonial a esta Universidad.

Las diversas cuestiones que se ponen de manifiesto en el escrito de 18 de mayo pasado guardan una evidente conexión con las que ahora mismo están sometidas al conocimiento de los tribunales mediante los procedimientos nº P.A. 411/2005 y P.A. 458/2006 indicados en el apartado anterior. Existe, por tanto, una clara situación de litispendencia en relación con las calificaciones de los alumnos y la sanción disciplinaria, mientras que el recurso iniciado en reclamación de responsabilidad patrimonial concluyó por desistimiento de la interesada.

Esta litispendencia impide por completo a esta Universidad dictar resolución alguna sobre las cuestiones planteadas, por lo que procede la inadmisión de la solicitud hasta que se dicten sentencias firmes en los procedimientos indicados. A partir de ese momento la interesada podrá, en su caso, volver a plantear sus pretensiones.

Vistos los antecedentes mencionados y las normas de aplicación, en el uso de las facultades legalmente conferidas este Rectorado

R E S U E L V E:

Primero.- Inadmitir la solicitud de 18 de mayo de 2007 presentado por Dña. Inmaculada Sáinz Palacios, por existir litispendencia en relación con las cuestiones planteadas.

Segundo.- Tomar como domicilio para notificación el que consta en el expediente personal de la interesada que obra en el Servicio de Personal de esta Universidad, toda vez que la profesora no ha concretado ninguna dirección en su solicitud.

Tercero.- Dar traslado de esta Resolución al Servicio de Personal para su notificación a la interesada, haciéndole saber que contra la misma, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde su notificación, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, o bien recurso potestativo de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes contado desde su notificación, sin perjuicio de interponer cualquier otro que tenga por conveniente.- Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de octubre de 2007.- El Rector, José Regidor García."

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de octubre de 2007.- La Secretaria General, Carmen Salinero Alonso.

© Gobierno de Canarias