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BOC Nº 230. Viernes 16 de Noviembre de 2007 - 4519

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife

4519 - EDICTO de 10 de mayo de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en los autos de juicio ordinario nº 0000737/2003.

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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de mayo de 2007. Visto por el Ilmo. Sr. D. Juan Luis Lorenzo Bragado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife y su partido el juicio ordinario nº 737/2003 seguido en este Juzgado, entre partes, de una, como demandante, el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y defendido por el Abogado del Estado y de otra, como demandadas, Dña. Antonia Blanco Ruiz y Dña. Susana Noelia Guerrero Fernández, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimando la demanda interpuesta por el Consorcio de Compensación de Seguros contra Dña. Antonia Blanco Ruiz y Dña. Susana Noelia Guerrero Fernández en rebeldía, condeno solidariamente a dichas demandadas a que satisfagan a la actora, incrementada con los intereses legales desde la interpelación judicial la cantidad de 37.817,93 euros. Todo ello con expresa imposición de costas a las demandadas.

Contra esta sentencia, que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir del siguiente a la notificación, escrito que se limitará a citar la resolución apelada y a manifestar la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículos 455 y 457 de la Ley 1/2000, de 8 de enero, de Enjuiciamiento Civil).

Notifíquese esta sentencia al demandado personalmente, en la forma prevista en el artº. 161 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, salvo si se hallare en paradero desconocido, en cuyo caso la notificación se hará por medio de edicto, que se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Dña. Antonia Blanco Ruiz y Susana Noelia Guerrero Fernández, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Santa Cruz de Tenerife, a 10 de mayo de 2007.- El/la Secretario.

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