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BOC Nº 233. Miércoles 21 de Noviembre de 2007 - 4580

IV. ANUNCIOS - Otras Administraciones - Audiencia Provincial. Sección Tercera. Las Palmas de Gran Canaria

4580 - EDICTO de 27 de septiembre de 2007, relativo al fallo de la sentencia recaída en el recurso de apelación rollo nº 0000731/2006.

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Por haberlo acordado así la Sala en el procedimiento anteriormente señalado, por el presente Edicto se notifica al representante legal de la entidad Patrimocan, S.L. la sentencia dictada en el presente procedimiento cuyo Encabezamiento y Fallo tienen el tenor literal siguiente:

"SENTENCIA DESEST. SIN VISTA JESÚS

Versión: Sección Tercera

SENTENCIA

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. Ricardo Moyano García (Ponente)

Magistrados:

Dña. Rosalía Fernández Alaya

D. Ildefonso Quesada Padrón

En Las Palmas de Gran Canana, a 1 de marzo de 2007.

SENTENCIA APELADA DE FECHA: 13 de junio de 2006.

APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: Patrimocan, S.L.

Visto, ante Audiencia Provincial Sección Tercera, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 1 de marzo de 2007 seguidos en esta alzada en virtud del recurso de apelación de Patrimocan, S.L. representados por el Procuradora Dña. Inmaculada Verona Rodríguez y dirigidos por el Letrado D. Pablo Ruiz de Iza, siendo parte apelada Petrolífera Ducar, S.A. representados por el Procurador D. Jorge Cantero Brosa y dirigidos por el Letrado D. Ricardo Seco Durán.

FALLAMOS

Que desestimamos el recurso de apelación interpuesto por Patrimocan, S.L., contra la sentencia de fecha ..., dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Arrecife, la cual confirmamos, en su integridad 13 de junio de 2006, expresa imposición a los apelantes de las costas de esta alzada.

Dedúzcanse testimonios de esta resolución, que se llevarán al Rollo y autos de su razón, devolviendo los autos originales al Juzgado de procedencia para su conocimiento y ejecución una vez sea firme, interesando acuse recibo.

Así por esta nuestra sentencia definitivamente juzgando, la pronunciamos, mandamos y firmamos."

Y para que así conste, y para su inserción en el tablón de anuncios de esta Sección, y su publicación en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma, expido y libro el presente, en la ciudad de Las Palmas, a 27 de septiembre de 2007.- El Secretario.

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