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BOC Nº 237. Martes 27 de Noviembre de 2007 - 4681

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Turismo

4681 - Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 14 de noviembre de 2007, sobre notificación de Propuestas de Resolución a titulares de empresas y actividades turísticas de ignorado domicilio.

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Habiéndose intentado por esta Dirección General sin haberse podido practicar, la notificación de la Propuesta de Resolución en el expediente incoado con motivo de denuncias o Actas de Inspección formuladas contra los titulares de empresas y actividades turísticas que se relacionan, conforme al artº. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y siendo preciso su notificación a los efectos de que aleguen lo que a su derecho convenga,

R E S U E L V O:

1.- Notificar a los titulares de establecimientos y actividades turísticas que se citan, la Propuesta de Resolución recaída en el expediente que les ha sido instruido por infracción a la legislación en materia turística.

2.- Se le concede un plazo de 15 días, contados a partir de esta notificación, para que aporte cuantas alegaciones estime convenientes o, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretende valerse.

3.- Remitir al Ayuntamiento de las poblaciones que se citan, la presente Resolución para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.

Santa Cruz de Tenerife, a 14 de noviembre de 2007.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis.

Resolución de publicación de propuesta de expediente sancionador y cargo que se cita.

Con fecha 14 de septiembre de 2007 se dictó Resolución de iniciación del procedimiento sancionador nº 146/07, notificada mediante acta de inspección nº 12687 de fecha 24 de septiembre de 2007 seguido contra el titular del establecimiento cuyos datos se refieren a:

TITULAR: Tenerife Ribs, S.L.

ESTABLECIMIENTO: Restaurante Tony RomaÕs.

DIRECCIÓN: Avenida La Salle (Centro Comercial Meridiano), s/n, loc. 24, 38005-Santa Cruz de Tenerife.

Nº EXPEDIENTE: 146/07.

C.I.F.: B38818530.

Iniciado como consecuencia de las reclamaciones/denuncias formuladas por Gemma de Paiz Morales y de las siguientes actuaciones de la Inspección de Turismo 11477 de fecha 4 de julio de 2006 formulándose los siguientes

HECHOS: primero: carecer en el establecimiento del Libro de Inspección a nombre del actual titular, lo que se desprende del contenido del acta de inspección nº 11477 y según consulta en el registro de actividades del sistema informático Turidata el 27 de agosto de 2007.

Segundo: carecer en el establecimiento de las Hojas de Reclamaciones obligatorias a nombre del actual titular, lo que se desprende del contenido del acta de inspección nº 11477 y de los datos obtenidos del registro de actividades del sistema informático Turidata el 27 de agosto de 2007.

FECHA DE INFRACCIÓN: hecho primero: 2 de mayo de 2006.

Hecho segundo: 2 de mayo de 2006.

ALEGACIONES: el/la expedientado/a en escrito de fecha 8 de octubre de 2007 recibido en esta Consejería con fecha 8 de octubre de 2007 y número de registro 1249839, en síntesis alega lo siguiente: en escrito dirigido a esta Consejería, el apoderado de la Sociedad Tenerife Ribs, S.L. en fecha 8 de octubre de 2007 ha abonado la cantidad de 450 euros en concepto de liquidación de la sanción impuesta en el expediente sancionador nº 146/2007, según acredita en documento de ingreso del Gobierno de Canarias con número de justificante 991380105052 6.

FUNDAMENTACIÓN: examinadas las razones esgrimidas por el/la expedientado/a y los documentos aportados se expone lo siguiente:

Se estima la responsabilidad administrativa del expedientado en base al contenido del acta de inspección nº 11477 de fecha 4 de julio de 2007.

El/los hecho/s imputado/s, infringe/n lo preceptuado en las siguientes normas, viene/n tipificado/s como se indica y está/n calificado/s como se recoge seguidamente:

HECHOS: primero: carecer en el establecimiento del Libro de Inspección a nombre del actual titular, lo que se desprende del contenido del acta de inspección nº 11477 y según consulta en el registro de actividades del sistema informático Turidata el 27 de agosto de 2007.

Segundo: carecer en el establecimiento de las Hojas de Reclamaciones obligatorias a nombre del actual titular, lo que se desprende del contenido del acta de inspección nº 11477 y de los datos obtenidos del registro de actividades del sistema informático Turidata el 27 de agosto de 2007.

FECHA DE INFRACCIÓN: hecho primero: 2 de mayo de 2006.

Hecho segundo: 2 de mayo de 2006.

NORMAS SUSTANTIVAS INFRINGIDAS: hecho primero: artículo 41 del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nº 103, de 21 de agosto).

Hecho segundo: artículo 8 del Decreto 168/1996, de 4 de julio, por el que se regulan las características de las Hojas de Reclamaciones y el procedimiento de tramitación de las reclamaciones (B.O.C. nº 88, de 22 de julio).

TIPIFICACIÓN DE LA INFRACCIÓN: hecho primero: artículo 76.9 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril), en relación con el artículo 77.7 del mismo cuerpo legal.

Hecho segundo: artículo 76.6 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril) en relación con el artículo 77.7 del mismo cuerpo legal.

CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LAS INFRACCIONES: hecho primero: leve.

Hecho segundo: leve.

Para las infracciones calificadas como leves es competente para su Resolución la Ilma. Sra. Directora General de Ordenación y Promoción Turística, de acuerdo con el artículo 80.2 de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias (B.O.C. nº 48, de 19 de abril) y el artículo 7.2.B).f) del anexo al Decreto 84/2004, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo (B.O.C. nº 138, de 19.7.04).

Como consecuencia de todo lo anterior se formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Imponer a Tenerife Ribs, S.L., con C.I.F. B38818530 titular del establecimiento denominado Restaurante Tony RomaÕs, la sanción de cuatrocientos cincuenta (450,00) euros. Correspondiendo la cantidad por el:

Hecho primero: doscientos veinticinco (225,00) euros.

Hecho segundo: doscientos veinticinco (225,00) euros.

Se le indica la puesta de manifiesto del expediente, así como se le ofrece un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la recepción de la presente propuesta, como trámite de audiencia según se establece en los artículos 14.3 y 15 del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nº 103, de 21.8.96).

En el caso de que Vd. sea representante, deberá acreditar esta representación, aportando Escritura de Poder para dejar constancia fidedigna, bien con copia simple notarial o previo cotejo o compulsa de la fotocopia con su original, a tenor de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Podrá hacer efectiva la cuantía de la sanción en la Intervención Insular de la Consejería de Economía y Hacienda, con la presentación de esta Propuesta de Resolución, debiendo remitir a esta Dirección General, copia del Mandamiento de Ingreso, para acordar la finalización del procedimiento, sin perjuicio del derecho a interponer los recursos procedentes, todo ello, según se prevé en los artículos 7 y 9.2.e) del Decreto 190/1996, de 1 de agosto, regulador del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora en materia turística y de la inspección de turismo (B.O.C. nº 103, de 21.8.96).- Santa Cruz de Tenerife, a 18 de octubre de 2007.- La Instructora, Isabel Fernández-Trujillo Junquera.

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