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BOC Nº 242. Martes 4 de Diciembre de 2007 - 1993

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejerías de Economía y Hacienda y de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación

1993 - ORDEN de 20 de noviembre de 2007, de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, por la que se dispone la publicación de la modificación del Plan de previsiones de abastecimiento de la Comunidad Autónoma de Canarias y del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, previstos ambos en el Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo.

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Por Orden de la Consejería de Economía y Hacienda de 9 de noviembre de 2006, se dio publicidad al Plan de previsiones de abastecimiento de la Comunidad Autónoma de Canarias previsto en el Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola a favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, posteriormente modificado mediante las Órdenes de 18 de diciembre de 2006 (B.O.C. nº 250, de 28.12.06) y de 20 de diciembre de 2006 (B.O.C. nº 250, de 28.12.06).

Asimismo, por Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 10 de noviembre de 2006 (B.O.C. nº 225, de 20.11.06) se procedió a dar publicidad a las medidas previstas en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias previstas en el ya citado Reglamento (CE) nº 247/2006. La modificación realizada a este último Programa como consecuencia de la entrada en vigor del Reglamento (CE) nº 2013/2006, del Consejo, de 19 de diciembre de 2006, fue publicitada mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de 12 de septiembre de 2007 (B.O.C. nº 187, de 18.11.07).

El Reglamento (CE) nº 793/2006 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) nº 247/2006, del Consejo, por el que se establecen medidas específicas en el sector agrícola en favor de las regiones ultraperiféricas de la Unión, recientemente modificado por el Reglamento (CE) nº 1242/2007, de 24 de octubre de 2007, en su artículo 49, apartado 3, autoriza a los Estados Miembros a efectuar, sin acudir al procedimiento establecido en el apartado 1 del mismo artículo y a condición de que sean notificadas a la Comisión, las siguientes modificaciones:

(a) en el caso de los planes de previsiones de abastecimiento, cambios, como máximo del 20%, en el nivel individual de ayuda o cambios en las cantidades de productos que pueden acogerse al régimen de abastecimiento y, por consiguiente, en el importe global de la ayuda asignada para apoyar cada línea de productos, y

(b) en el caso de los programas comunitarios de ayuda a la producción local, ajustes de la dotación financiera de cada medida individual o del importe unitario de las ayudas, aumentándolos o disminuyéndolos un 20% como máximo con respecto a los importes vigentes en el momento de presentar la solicitud de modificación.

En base a lo establecido en este artículo, teniendo en cuenta las especiales dificultades que sufre el sector ganadero de Canarias debido al fuerte incremento de los precios de los cereales y que algunas medidas destinadas a dicho sector en el Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias no se ejecutarán en su totalidad en la campaña 2007, dado que se trata del primer año de aplicación, es conveniente realizar algunas modificaciones destinadas a paliar estas circunstancias desfavorables.

Dado que dichas modificaciones obedecen a una necesidad coyuntural, éstas están previstas para surtir efecto únicamente hasta el 31 de diciembre de 2007, restableciéndose a partir del 1 de enero de 2008 el Programa Global a los términos aprobados inicialmente por la Comisión.

A la vista de lo expuesto y en el ejercicio de las facultades conferidas,

SE DISPONE:

Primero.- Dar publicidad a las modificaciones realizadas al Plan de Abastecimientos de Canarias y al Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, incluidos ambos en el Programa Global para Canarias establecido en virtud del Reglamento (CE) nº 247/2006. Dichas modificaciones se detallan en el anexo.

Las citadas modificaciones se aplicarán desde el pasado 5 de noviembre de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2007, ambos inclusive.

Segundo.- Publicar esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 20 de noviembre de 2007.

EL CONSEJERO DE

ECONOMÍA Y HACIENDA,

José Manuel Soria López.

LA CONSEJERA DE AGRICULTURA,

GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN,

Pilar Merino Troncoso.

Ver anexos - páginas 26762-26764

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