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D./Dña. María Gabriela Reverón González, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado de mi cargo se ha dictado sentencia, en los autos que luego se dirá cuyo encabezamiento y parte dispositiva tienen el siguiente tenor literal:
VISTOS, por el Sr./a. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido, los presentes autos de juicio verbal LEC. 2000, bajo el nº 0000276/2007, seguidos a instancia de D./Dña. C.P. Oceanía, representado por el Procurador D./Dña. Isabel Lage Martínez, y dirigido por el Letrado D./Dña. Javier Ruiz Ayucar, contra D./Dña. Clan Imperial, S.L., en paradero desconocido y en situación de rebeldía.
FALLO: que estimando íntegramente la demanda interpuesta por Comunidad de Propietarios Oceanía, S.L., representada por la Procuradora Dña. Isabel Lage Martínez y defendida por el letrado D. Francisco Ruiz Ayúcar contra la entidad mercantil Clan Imperial, S.L., incomparecida en autos y declarada en situación procesal de rebeldía debo condenar y condeno a ésta a que abone a la actora la suma de dos mil cuarenta y tres euros con noventa y siete céntimos, más las cuotas trimestrales y recargos que se han ido devengando durante la tramitación del presente procedimiento y los intereses legales de la misma; y ello con imposición de las costas causadas a la entidad demandada.
Llévese certificación de la presente a los autos y el original al libro de sentencias y resoluciones definitivas y notifíquese a los demandados rebeldes en la forma establecida en el artículo 497 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días contados desde su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, conforme a la Ley 1/2000, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado, expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 26 de octubre de 2007.- El/la Magistrado-Juez.- El/la Secretario.
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