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BOC Nº 252. Miércoles 19 de Diciembre de 2007 - 4969

IV. ANUNCIOS - Otros anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad

4969 - Dirección General de la Función Pública.- Anuncio de 4 de diciembre de 2007, sobre provisión del puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, del Ayuntamiento de Moya, reservado a funcionarios con habilitación de carácter estatal.

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Mediante oficio de fecha 18 de octubre de 2007 (Registro de Salida nº 2.749), la Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Moya solicita que esta Dirección General autorice a D. Antonio Félix Marrero Henríquez, funcionario con habilitación de carácter estatal, titular del puesto de colaboración del Ayuntamiento de Santa María de Guía de Gran Canaria, para desempeñar, en régimen de acumulación, las funciones del puesto de Intervención del Ayuntamiento de Moya.

El puesto de trabajo de Intervención, clase segunda, del Ayuntamiento de Moya está reservado a la Escala de funcionarios con habilitación de carácter estatal, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, y se encuentra actualmente vacante.

El artículo 31.1, del Real Decreto 1.732/1994, de 29 de julio (B.O.E. nº 189, de 9 de agosto), por el que se regula la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la redacción dada por el artículo duodécimo del Real Decreto 834/2003, de 27 de junio (B.O.E. nº 163, de 9 de julio), por el que se modifica la normativa reguladora de los sistemas de selección y provisión de los puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, dispone que el órgano competente de la comunidad autónoma respectiva, en el ámbito de su territorio, podrá autorizar a los funcionarios con habilitación de carácter nacional que se encuentren ocupando un puesto de trabajo a ellos reservado a desempeñar asimismo en una entidad local próxima las funciones reservadas, en los supuestos contemplados en el apartado 1 del artículo 30 del citado Real Decreto, y por el tiempo de su duración, cuando, previa solicitud del Ayuntamiento, no hubiese sido posible efectuar nombramiento provisional o comisión de servicios, imposibilidad que ha debido quedar lo suficientemente acreditada en el expediente. Y añade que la acumulación se efectuará a petición de la corporación local, de acuerdo con el funcionario interesado y con la entidad en la que se halle destinado.

Lo que se hace público, a fin de que los funcionarios con habilitación de carácter nacional que estén interesados en la provisión del indicado puesto mediante nombramiento provisional o comisión de servicios, puedan presentar su solicitud en esta Dirección General, en el plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 4 de diciembre de 2007.- El Director General de la Función Pública, Juan Manuel Santana Pérez.

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