Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 119. Lunes 16 de Junio de 2008 - 923

III. OTRAS RESOLUCIONES - Presidencia del Gobierno

923 - DECRETO 81/2008, de 10 de junio, del Presidente, por el que se delegan competencias en el Director de la Agencia de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

Descargar en formato pdf

Por Decreto 383/2007, de 3 de diciembre, del Presidente, se delegaron en el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, respecto a las áreas materiales atribuidas a la citada Agencia, las competencias que el Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, sobre Régimen General de Subvenciones de esta Administración, atribuye a los titulares de los departamentos.

La práctica ha evidenciado que, para una gestión más ágil y eficaz de los presupuestos asignados a la citada Agencia, se requiere la ampliación de dicha delegación, incluyendo las competencias atribuidas a los titulares de los departamentos en cualquier norma que regule las subvenciones, así como las aportaciones dinerarias que no tienen la consideración de subvenciones de acuerdo con el artículo 2.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en la redacción dada por la Disposición Final Octava de la Ley 42/2006, de Presupuestos Generales del Estado para 2007.

Por lo expuesto, al amparo de lo previsto en el artículo 31.3 de la Ley 14/1990, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y en el artículo 13 de la Ley Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, en el ámbito material atribuido a la Agencia:

a) Las competencias que correspondan al titular del departamento según las normas reguladoras de las subvenciones.

b) Las competencias para la autorización y concesión de aportaciones dinerarias con cargo a sus programas presupuestarios.

Segundo.- Dejar sin efecto la delegación conferida por el apartado tercero del Decreto 383/2007, de 3 de diciembre, del Presidente (B.O.C. nº 248, de 13 de diciembre).

Tercero.- El presente Decreto surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación.

Las Palmas de Gran Canaria, a 10 de junio de 2008.

EL PRESIDENTE,

Paulino Rivero Baute.

© Gobierno de Canarias