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En virtud de lo dispuesto en el artículo 9.o) de la Ley 1/1983, de 14 de abril, del Gobierno de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, corresponde al Presidente del Gobierno, como titular del Departamento, firmar en nombre de la Comunidad Autónoma los convenios de colaboración relativos a asuntos de la Presidencia del Gobierno.
Según lo establecido en el artículo 5.1 del Decreto 337/1997, de 19 de diciembre, por el que se establece el régimen general de ayudas y subvenciones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, son órganos competentes para conceder ayudas y subvenciones los titulares de los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma, considerándose, a estos efectos, titulares de los Departamentos al Presidente del Gobierno, al Vicepresidente y a los Consejeros.
Considerando lo dispuesto en los artículos 13 de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, así como el artículo 1.1 y 2 y la Disposición Adicional Cuarta, f) del Decreto 172/2007, de 17 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias,
D I S P O N G O:
1º) Delegar en el Director de la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático la firma de Convenios y la concesión de ayudas y subvenciones que, por razón de la materia, sean de la competencia de dicho órgano.
2º) La presente delegación surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, sin perjuicio de las facultades de revocación y avocación que podrán ser ejercidos en cualquier momento.
Santa Cruz de Tenerife, a 29 de julio de 2008.
EL PRESIDENTE,
Paulino Rivero Baute.
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