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BOC Nº 179. Lunes 8 de Septiembre de 2008 - 1383

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Industria y Comercio

1383 - Dirección General de Comercio.- Resolución de 28 de agosto de 2008, por la que se procede a dar publicidad a la población de hecho existente en los distintos municipios, islas y Comunidad Autónoma de Canarias en el año 2007.

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ANTECEDENTES

1º) El artº. 5 del Decreto 232/2005, de 27 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de concesión de Licencia Comercial Específica y se establecen los Criterios Generales de Equipamiento Comercial de Canarias, establece la obligación de la Dirección General de Comercio de publicar la población anual de hecho de Canarias, en los distintos municipios.

2º) Por el Real Decreto 1.683/2007, de 14 de diciembre (B.O.E. nº 311, de 28 de diciembre), se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas a uno de enero de 2007, y se procede a su publicación.

3º) Con fecha 8 de agosto de 2008 se recibe escrito del Director del Instituto Canario de Estadística comunicando las cifras, correspondientes al año 2006, de personas no residentes que pernoctan en los distintos municipios de la Comunidad Autónoma de Canarias.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Único.- "El artº. 5 del Decreto establece: "Definición de población de hecho. A los efectos de este Decreto, se entiende por población de hecho la integrada por los vecinos que residen en un municipio determinado, según los últimos datos oficiales del padrón correspondiente, y por las personas no residentes que pernoctan en el mismo. Para el cálculo de estas últimas, se tendrá en cuenta el número medio diario de personas incluidas en esta categoría que han pernoctado en los establecimientos hoteleros y extrahoteleros del término municipal correspondiente en el último año natural del que se disponen datos. Los datos de la población no residente serán facilitados por el órgano de la Comunidad Autónoma competente en materia de estadística.

Las cifras de población resultante serán publicadas anualmente por la Dirección General competente en la materia de comercio."

En consecuencia es competencia de esta Dirección General, realizar la publicación de la población de hecho con carácter anual a los efectos de las previsiones del Decreto anteriormente aludido.

Todo ello sin perjuicio del uso separado, de los respectivos datos oficiales del Padrón correspondiente, y de las personas no residentes que pernoctan en el mismo, a partir del momento en que se tenga conocimiento de los mismos por publicación o comunicación.

Por todo lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Dar publicidad en los términos previstos en el anexo de la presente Resolución de la población de hecho existente en Canarias para el año 2007, relativo a la Comunidad Autónoma, islas y municipios.

Santa Cruz de Tenerife, a 28 de agosto de 2008.- El Director General de Comercio, Arturo Cabrera González.

Ver anexos - página 17619

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