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No habiéndose podido practicar a Dña. Teresa Castaño Trujillo, la notificación de la Resolución nº 667, inscrita en el Libro de Resoluciones de la Dirección General con fecha 8 de mayo de 2008, en los términos del apartado primero del artículo 59, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; de conformidad con el apartado cuarto del citado artículo,
R E S U E L V O:
1.- Notificar a Dña. Teresa Castaño Trujillo, administradora única de la entidad mercantil "Tour Mate, S.L.", titular de la Agencia de Viajes "Tour Mate, S.L.", la siguiente Resolución de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, inscrita en el Libro de Resoluciones con fecha 8 de mayo de 2008 y nº 667:
"Resolución de fecha 24 de abril de 2008, de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, por la que se procede a la ejecución del aval que la Compañía Seguros Caser, S.A., tiene constituido a favor de la Agencia de Viajes Tour Mate, S.L.
Primero.- Con fecha 12 de febrero de 2008, Registro de Entrada nº 1721, se recibe escrito del Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria, por el que solicita que se proceda a ejecutar el aval depositado en la Consejería de Economía y Hacienda por la Compañía de Seguros Caser, S.A. asegurando a la Agencia de Viajes "Tour Mate, S.L.", con los datos de procedimiento:
Procedimiento: Ejecución Judicial.
Número Procedimiento: 0001111/2002.
NIG: 3501630120010047192.
Segundo.- Con fecha 15 de febrero de 2008 y fecha 18 de marzo de 2008 se notificó a la Agencia de Viajes "Tour Mate, S.L.", el citado escrito del Juzgado y el inicio de procedimiento de ejecución.
Tercero.- Con fechas 18 de marzo y 1 de abril de 2008, se notificó a la entidad aseguradora "Caser, S.A.", recepcionadas 28 de marzo y fecha 9 de abril de 2008, el citado escrito del Juzgado y el inicio de procedimiento de ejecución.
Cuarto.- Transcurridos los plazos señalados en los escritos anteriormente citados, esta Dirección General no tiene constancia de haberse efectuado el abono de las cantidades requeridas, ni haberse producido alegación alguna a lo referido.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Visto el Decreto 135/2000, de 10 de julio, por el que se regulan las agencias de viajes, que en su artículo 13.5 señala que la garantía quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones que deriven de:
a) Resolución firme en vía judicial de responsabilidades económicas de los organizadores y detallistas derivados de la acción ejercitada por el consumidor o usuario final.
b) Laudo dictado por las Juntas arbitrales de consumo, previo sometimiento voluntario de las partes.
R E S U E L V O:
Primero.- Que se dé cumplimiento a lo acordado por el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria respecto a la ejecución de la garantía que consta depositada en la Consejería de Economía y Hacienda, con fecha 29 de abril de 2003, suscrita por el grupo asegurador Caser, S.A., asegurando a la agencia de viajes Tour Mate, S.L., por importe de 60.101,21 euros.
Segundo.- Los importes a ejecutar son los siguientes:
- Dos mil ciento setenta y dos euros con setenta céntimos (2.172,70 euros), en concepto de principal.
- Seiscientos noventa y un euros con dieciséis céntimos (691,16 euros), en concepto de costas e intereses de ejecución.
Tercero.- Que se comunique la presente Resolución a las partes (Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria, Consejería de Economía y Hacienda, Grupo Asegurador Caser, S.A., Agencia de Viajes Tour Mate, S.L.).
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Turismo, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, Sandra González Franquis."
2.- Remitir la presente Resolución al Servicio de Publicaciones del Gobierno de Canarias y al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para su publicación en el tablón de edictos correspondiente.
Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de agosto de 2008.- La Directora General de Ordenación y Promoción Turística, p.s., el Secretario General Técnico, Claudio-Alberto Rivero Lezcano.
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