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JUZGADO DE: Primera Instancia nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.
JUICIO: ordinario 0001288/2003.
PARTE DEMANDANTE: D. José Rivero Ortega.
PARTE DEMANDADA: D./Dña. María Omar García, Isabel Omar García, Manuel Omar García, Zoraida Omar García, Consuelo Castro Cabrera, Manuel Omar Castro, Ismael Omar García, Antonia Omar García, Faustina Omar García, Sandra Olga Omar García, Ángel Omar Falce, Alexis Omar García, Encamación Omar García, Elena Omar García, Jesús Omar García y Jaime Omar García.
SOBRE: materia.
En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por D. José Rivero Ortega contra D. Ismael Omar García y otros, debo declarar y declaro que el predio descrito en el hecho primero de la demanda, pertenece en pleno dominio, en común y proindiviso, a Dña. Rosario Ortega Guerra, D. José, Dña. Dulce María, Dña. Josefina y Dña. Encarnación Rosario Rivero Ortega, y Dña. María del Mar, D. Constantino Manuel y Dña. Ana María Rivero Mendoza, en la proporción que se indica igualmente en el hecho segundo de la demanda; debo declarar y declaro que los demandados ocupan ilegalmente, sin título ni derecho alguno para ello, las dependencias que se indican en el hecho tercero de la demanda; debo condenar y condeno a los demandados a estar y a pasar por estas declaraciones, a reintegrar a la referida comunidad de propietarios las dependencias que ocupan en el inmueble litigioso, con los frutos civiles percibidos; y todo ello imponiendo a la parte demandada las costas de esta primera instancia.
Así por esta mi sentencia, contra la que cabe interponer recurso de apelación para la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria, lo pronuncio, mando, y firmo.
PUBLICACIÓN.- Se hace pública, el día de su fecha la anterior sentencia de conformidad con el artículo 204.3 de la LEC. Doy fe.
En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 8 de octubre de 2008 el Señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma para llevar a efecto la diligencia de la publicación de la Sentencia de 4 de septiembre de 2008.
En Las Palmas de Gran Canaria, a 8 de octubre de 2008.- El/la Secretario Judicial.
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