De conformidad con el artículo 79.2 del Real Decreto 1.098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, se publica la Orden de la Consejería de Turismo, nº 435, de fecha 11 de diciembre de 2008, por la que se designan los componentes de la mesa de contratación permanente para los procedimientos de contratación tramitados por la Dirección General de Infraestructura Turística, se procede a su publicación según su contenido íntegro que es el siguiente:
"Teniendo en cuenta el volumen de obras y servicios a contratar al amparo de los distintos programas presupuestarios que gestiona este Centro Directivo, y las competencias asignadas al mismo, y resultando
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Este Centro Directivo gestiona los programas presupuestarios 516 D y 516 C, denominados respectivamente "Plan Sectorial de Infraestructura y Calidad Turística" e "Infraestructura Turística y Gestión Integral de Núcleos Turísticos", englobando diversos proyectos de actuación con incidencia en todo el territorio regional.
Segundo.- Todas las actuaciones referenciadas, en tanto sean licitadas a través de procedimientos abiertos, restringidos, o negociados con publicidad, y salvo que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, requieren preceptivamente la constitución de una Mesa de Contratación.
Tercero.- Atendiendo a principios de economía administrativa y al volumen de procedimientos de contratación que de la ejecución de dichos programas se derivan, resulta idóneo establecer el carácter permanente de dicha mesa, en cuanto a los expedientes de obras y servicios gestionados por este Centro Directivo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Único.- La normativa de aplicación está constituida por el artículo 295 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como el artículo 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuanto al régimen de funcionamiento de los órganos colegiados.
Examinada la propuesta formulada por la Dirección General de Infraestructura Turística y de conformidad con las competencias conferidas por el artículo 29.1 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y por el artículo 3 del Decreto 84/2004, de 29 de junio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo,
D I S P O N G O:
Primero.- Designar como nuevos componentes o integrantes de la Mesa de Contratación Permanente a:
· Presidente: D. José Manuel de la Viuda Pérez, Jefe de Servicio de Infraestructura Turística.
· Suplente de Presidente: D. Pablo Rivas Vidal, Jefe de Servicio de Coordinación, Planificación y Contratación.
· Vocal: D. Pablo Rivas Vidal, Jefe de Servicio de Coordinación, Planificación y Contratación.
· Vocal: D. José Patricio Rodríguez Hernández, Técnico de Gestión del Servicio de Infraestructura Turística.
· Suplente de Vocal: Dña. Begoña Fuente de Frutos, Jefe de Sección del Servicio de Coordinación, Planificación, y Contratación.
· Un representante del Servicio Jurídico.
· Un representante de la Intervención General.
· Secretario: Dña. Antonia Peraza Ventura, Jefe de Negociado de Gestión Administrativa.
· Suplente de Secretario: D. Fernando Rivero Martín, Jefe de Negociado.
Segundo.- Notificar a los interesados y publicar en el Boletín Oficial de Canarias la designación de los miembros de la Mesa de Contratación.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que dicta la presente Orden, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; y subsidiariamente, y en el caso de no entablarse el recurso de reposición, se haya éste resuelto expresamente o producida la desestimación presunta del mismo, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, a interponer en un plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, sin perjuicio de otro que estime procedente."
Santa Cruz de Tenerife, a 11 de diciembre de 2008.- El Director General de Infraestructura Turística, Sebastián Ledesma Martín.
© Gobierno de Canarias