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BOC Nº 018. Miércoles 28 de Enero de 2009 - 123

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo

123 - ORDEN de 19 de enero de 2009, por la que se delega en el Secretario General Técnico el ejercicio de las competencias de autorización atribuidas a los titulares de los Departamentos por el artículo 22 de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009.

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La Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009 atribuye, en los apartados a), b) y c) del artículo 22, a los titulares de los Departamentos la competencia para autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 1 de un mismo o distinto programa, las transferencias entre créditos del capítulo 2, así como determinados supuestos de ampliación de créditos que amparan gastos de personal.

Razones de índole práctica, derivadas de la dificultad de compatibilizar la firma del titular del Departamento con el desempeño de otras de sus funciones, hacen necesario que se proceda a la delegación de las referidas competencias con el objeto de evitar retrasos innecesarios en la disponibilidad de los créditos, lo que facilitará, tanto la confección y adecuada tramitación de las nóminas, como la agilización en el pago de los gastos corrientes asociados al normal funcionamiento de los servicios de esta organización, alcanzándose así una mayor celeridad y eficacia en la gestión presupuestaria.

Por ello se precisa delegar en el Secretario General Técnico la facultad de autorizar los expedientes de tal naturaleza, por un lado, en cuanto órgano superior responsable de la autorización y disposición de los gastos y el reconocimiento de las obligaciones derivadas de la gestión de personal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la citada Ley y del artículo 5.2.f) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, aprobado por Decreto 240/2008, de 23 de diciembre (B.O.C. nº 3, de 7.1.09); de otro, como órgano elaborador de las propuestas de modificaciones presupuestarias, según lo establecido en el artículo 15.3.c) del Decreto 212/1991, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias.

En su virtud, al amparo de lo previsto en los artículos 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en el Secretario General Técnico de la Consejería de Turismo las competencias establecidas en el artículo 22 de la Ley 5/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009, siguientes:

1.- Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 1 de un mismo o distinto programa.

2.- Autorizar las transferencias entre créditos del capítulo 2.

3.- Autorizar la ampliación de créditos que amparan gastos de personal, en los supuestos establecidos en su apartado c).

Segundo.- La delegación conferida se entiende sin perjuicio de las potestades de revocación y avocación.

Tercero.- Ordenar la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Cuarto.- La presente Orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 19 de enero de 2009.

LA CONSEJERA

DE TURISMO,

Rita María Martín Pérez.

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