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BOC Nº 018. Miércoles 28 de Enero de 2009 - 223

IV. ANUNCIOS - Administración Local - Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria

223 - ANUNCIO de 5 de noviembre de 2008, relativo a la aprobación definitiva del estudio de detalle DET-15 "Vivienda en Casablanca III".

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De conformidad con lo previsto en los artículos 44.2 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que por el Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 31 de octubre de 2008, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

"ÁREA DE GOBIERNO DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, VIVIENDA Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

SERVICIO DE PLANEAMIENTO.

Se dio cuenta de la propuesta del tenor literal siguiente:

18.- APROBACIÓN DEFINITIVA DE ESTUDIO DE DETALLE CORRESPONDIENTE AL ÁMBITO DE ORDENACIÓN DIFERENCIADA DET-15 "VIVIENDAS EN CASABLANCA III", EN ESTA CIUDAD, PROMOVIDO POR LA SOCIEDAD "VIVIENDAS SOCIALES E INFRAESTRUCTURAS, S.A." (VISOCAN).

"Vistos los documentos obrantes en el expediente de referencia, fundamentalmente, los siguientes

ANTECEDENTES

1º) Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 26 de junio de 2008 se procedió a aprobar con carácter inicial el Estudio de Detalle para la ordenación volumétrica de la parcela correspondiente al ámbito DET-15 "Vivienda en Casablanca III", situada en el barrio del mismo nombre, en esta ciudad, promovido por la sociedad "Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A." (VISOCAN), en esta ciudad.

2º) El trámite de información pública tuvo lugar mediante la publicación del correspondiente anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia (nº 95), de fecha 23 de julio de 2008; en el periódico "Canarias 7", de fecha 16 de julio de 2008, y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento, en el período comprendido entre los días 15 de julio de 2008 hasta el día 16 de agosto de 2008, sin que se formularan alegaciones, según informe del Servicio de Planeamiento de fecha 26 de septiembre de 2008.

3º) Por el Servicio de Planeamiento se emite informe con fecha 25 de septiembre de 2008 en relación con la aprobación definitiva del Estudio de Detalle, sin haber existido variaciones en el mismo, debiendo mantenerse las mismas condiciones del acuerdo de aprobación inicial.

4º) Con igual fecha se emite informe por la Asesoría Jurídica de Urbanismo, favorable para su aprobación definitiva.

Vistas las disposiciones legales de aplicación, fundamentalmente:

I. El artículo 38 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, que establece como objeto del Estudio de Detalle completar o ajustar, para manzanas o unidades urbanas equivalentes, las alineaciones y rasantes, y los volúmenes.

II. El artículo 87.2 del Reglamento de Procedimientos del sistema de planeamiento de Canarias, aprobado por Decreto 55/2006, de 9 de mayo, en cuanto al traslado y remisión a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, del acuerdo de aprobación definitiva y copia del expediente administrativo y del Estudio de Detalle.

III. El artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, y el artículo 70.2. -en relación con el artículo 65.2- de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, en cuanto a su publicación a los efectos de su entrada en vigor.

IV.- Acuerdo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, en sesión de fecha 22 de febrero de 2008 (B.O.C. nº 74, de 11.4.08)."

Visto, asimismo, el dictamen de la Comisión de Pleno de Desarrollo Sostenible, de fecha 14 de octubre de 2008, el Pleno de la Corporación,

ACUERDA:

Primero.- Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle formulado por la sociedad "Viviendas Sociales e Infraestructuras de Canarias, S.A." (VISOCAN) para la ordenación volumétrica de la parcela correspondiente al ámbito denominado DET-l5 " Vivienda en Casablanca III", situado en el barrio del mismo nombre, en este término municipal, con la siguiente ordenación y condiciones:

* Un edificio de traza longitudinal curva con altura de coronación entre las 7 y las 9 plantas que se remata en su extremo sur con una pieza de 13 plantas.

Esta edificación acoge un espacio libre privado que se formaliza como un plano horizontal bajo cuya superficie se sitúan una serie de locales comerciales aprovechando la diferencia de cota con el vial.

· Condiciones vinculantes de la Consejería de Obras Públicas y Transportes:

a)La parcela no podrá conectarse directamente al ramal de salida de la Circunvalación a Miller Industrial.

b)En el caso de modificarse la rotonda a la que conecta el ramal de salida, lo que implica un cambio en el planeamiento, ésta deberá ser informada, previamente a su aprobación por la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación del Gobierno de Canarias.

c) En el caso de proceder a la plantación de árboles de gran porte fuera de la parcela, los árboles que se propongan deben asegurar que su altura futura sea inferior a la distancia a la carretera.

· Condición municipal:

d) El viario que bordea la parcela debe tener carácter privado.

Segundo.- Comunicar este acuerdo a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias, acompañando copia del expediente administrativo y documento técnico aprobado.

Tercero.- Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.2, párrafo 2º del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

Cuarto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas este acuerdo de aprobación definitiva, junto con la normativa del Estudio de Detalle, de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el artículo 65.2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Quinto.- Remitir copia del documento técnico de Estudio de Detalle aprobado al Consejo Cartográfico de Canarias.

Sexto.- Comunicar este acuerdo a la Consejería de Obras Públicas y Transportes del Gobierno de Canarias.

Séptimo.- Notificar este acuerdo en legal forma a la sociedad promotora del Estudio de Detalle, así como a las otras personas jurídicas afectadas, haciéndoles saber que contra el citado acto expreso, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (sede de Las Palmas) a tenor de lo establecido en los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, del Poder Judicial, en concordancia con el artº. 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Todo ello sin perjuicio de cualquiera otra acción o recurso que estimare oportuno interponer para la mejor defensa de sus derechos."

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de noviembre de 2008.- La Secretaria General, Ana María Echeandía Mota.

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