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El Ilmo. Sr. Viceconsejero de Agricultura y Ganadería hace saber que, de conformidad con lo ordenado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el recurso nº 413/2008, interpuesto por D. Jesús Miguel Álvarez Martín, contra la desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución nº 902, de 16 de noviembre de 2007, de la Viceconsejería de Agricultura y Ganadería, por la que se asignan las cantidades de referencia de la ayuda a los productores de plátano incorporada al Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, por la presente, se emplaza a los posibles interesados en la Resolución recurrida, que sean titulares de un derecho subjetivo o de un interés legítimo y aparezcan identificados plenamente en el expediente administrativo, para que en un plazo no superior a nueve días comparezcan y se personen en los autos de dicho recurso, si lo estimasen oportuno; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santa Cruz de Tenerife, a 14 de enero de 2009.- El Viceconsejero de Agricultura y Ganadería, Alonso Arroyo Hodgson.
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